Por Miguel Villarello
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Saltillo, Coah. – Con tres casos de violencia política en razón de género acumulados y sancionados hasta hoy, el proceso electoral en Coahuila continúa, no obstante, crece la voz de alarma por este tipo de delito practicado principalmente de hombres contra las mujeres, en proporción de 8 a 2, y se incrementa sobre todo en redes sociales.
Este tipo de conducta penada por la ley electoral considera prácticas que van desde el maltrato físico, expresiones misóginas, de estereotipo y violencia verbal primordialmente practicadas a través de las redes sociales.
En Coahuila de los tres casos conocidos, se han aplicado dos sanciones económicas a igual número de agresores, pero a los tres se les ordenó la publicación de una disculpa pública y tomar un curso sobre la violencia política contra las mujeres impartido por Derechos Humanos, una amonestación pública y su inscripción en el Registro de Personas Sancionadas por Violencia Política Contra las Mujeres en Razón del Género.
En el país se tiene la contabilización de 284 personas castigadas en 25 entidades federativas, de ellas 230 corresponden a hombres y 54 a mujeres; 96 fueron aplicadas en Oaxaca, 35 en Veracruz y 30 en Tabasco, además de que Coahuila ocupa el lugar 20 con sólo tres casos de violencia contra la mujer.

VIOLENCIA EN MEDIOS
A finales de febrero en el Tribunal Estatal Electoral de Coahuila se ventiló el primer caso de violencia política de género dentro del proceso para elegir la gubernatura y diputaciones locales.
El organismo determinó instruir a tres medios y un comunicador para que se abstuvieran de hacer publicaciones de este tipo cuyo contenido contemplaba estereotipos de género.
La resolución fue aplicada casi un año después ya que dichos actos se habían cometido en el 2022, se trata del expediente TECZ-PES-03/2022 cuya persona agraviada es una mujer de quien se protegió su personalidad, El Heraldo de Saltillo, Zócalo de Monclova, RCG Media, Francisco de la Peña y Enrique Falcón Cepeda fueron sancionados.
El acto reclamado por la mujer, de acuerdo con datos del expediente mencionado, fue la presunta comisión de actos de violencia política en razón de género por diversas publicaciones en medios digitales y redes sociales que cuestionaban el desempeño de la quejosa.
El hecho, trascendió de fuentes cercanas a los medios, que pudiera estar relacionado con una alcaldesa de la región Carbonífera, derivó en el análisis y resolución del Tribunal; entonces el magistrado presidente, Sergio Díaz Rendón, destacó varios incisos, informó que se declaraba la inexistencia de la infracción atribuida al medio de comunicación El Heraldo de Saltillo y a su director editorial por cuanto hacía a la publicación del 21 de abril del 2022.

Así como al ciudadano Enrique Falcón Cepeda por la publicación del 7 de junio del 2022 en su página de Facebook.
El segundo resolutivo, sin embargo, fue la declaración de existencia de actos constitutivos de violencia política en razón de género cometidos por los medios El Heraldo de Saltillo y su director editorial y por el Zócalo de Monclova ambos por la publicación del 19 de abril del 2022, así como el medio RCG Media por una publicación del 25 de abril del mismo año.
Derivado de ello el Tribunal impuso una amonestación pública a los medios citados y a un director editorial ordenándoles ciertas medidas cautelares: cumplir con las medidas de reparación del daño por lo que se instruyó a la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos del Instituto Electoral de Coahuila para que procediera y fijara la reparación el daño.
En el caso del comunicador quien promovió una queja contra la Comisión de Quejas y Denuncias del IEC por imponerle medidas cautelares hace tiempo, el Tribunal resolvió “confirmar el acuerdo impugnado por Sergio Soto Azúa toda vez que no se demostró que la autoridad responsable incumpliera con las formalidades esenciales del procedimiento”.

Ello debido a que no se acreditó la vulneración del derecho de audiencia, adecuada defensa, legalidad y seguridad jurídica puesto que el acuerdo combatido se encuentra apegado a derecho.
De este modo y por haber cometido actos de violencia política de género derivadas de publicaciones de expresiones y frases que criticaban la actuación de la alcaldesa Tania Flores Guerra, al comunicador se le ordenó “abstenerse de publicar en notas periodísticas publicaciones denigrantes, ofensivas y agresivas que menoscaben la dignidad de las mujeres en cualquier ámbito que se desenvuelvan”.
MEDIDA CAUTELAR
Por lo que se refiere a la determinación de la responsabilidad de los tres medios de comunicación por la comisión del delito de violencia política en razón de género contra una funcionaria municipal, la sanción aplicada por el Tribunal Estatal Electoral de Coahuila no contemplaba la aplicación de multa económica, reconoció el magistrado presidente.
Sin embargo, Sergio Díaz Rendón declaró que serían tres tipos de sanciones las que los respectivos jefes editoriales de RCG, Zócalo Monclova y El Heraldo de Saltillo deberían cumplir puesto que los tres magistrados que integran esta sala colegiada electoral determinaron la responsabilidad de los medios de comunicación por hacer manifestaciones que consistían en violencia política en razón de género contra una servidora pública municipal.
“Determinamos una serie de medidas reparatorias entre ellas la publicación de una disculpa pública, ordenamos que los responsables editoriales de estos medios tomaran un curso que imparte la Comisión Nacional de Derechos Humanos sobre estos temas” expresó entonces el magistrado del TEEC.

“Además de una amonestación pública contra ellos, quedaron inscritos en el registro de personas sancionadas por violencia política contra las mujeres en razón de género”.
Del padrón mencionado Díaz Rendón explicó que éste se constituyó hace dos años “para que personas que cometieran este tipo de faltas contra las mujeres existe una base de datos donde se inscriben y ese registro es público porque contiene los nombres de las personas que incurren en este tipo de responsabilidades”.
Para este caso ¿además existe la aplicación de una sanción económica?, se le cuestionó al magistrado presidente del Tribunal Electoral y respondió que no, pues el proyecto judicial no contemplaba la aplicación de una sanción económica.
PADRÓN
Al respecto se buscó obtener datos en el registro estatal de personas sancionadas por violencia política contra las mujeres en razón de género en la página del IEC https://www.iec.org.mx/v1/registro-estatal-de-personas-sancionadas-en-materia-de-violencia-politica-contra-las-mujeres-en-razon-de-genero, pero la página aparece en blanco.
En donde sí aparecen datos es en la página del Instituto Nacional Electoral https://www.ine.mx/actores-politicos/registro-nacional-de-personas-sancionadas/ Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, actualizado al 18 de marzo del 2023 y sólo aparecen tres personas sancionadas de Coahuila.
El documento, consultable por datos abiertos, cuenta con 319 registros y 284 personas sancionadas, incluidos tres de Coahuila, se trata de un hombre en Matamoros por la práctica de violencia psicológica y verbal en contra de una mujer, otro de Francisco I. Madero por violencia simbólica y verbal y un editorialista de un medio de comunicación por violencia digital.
Aparte de que todavía no se encuentran los datos de dos de los medios mencionados ni sus editorialistas en dicha página, se encontraron otros datos.
Las faltas se tipifican en varios estatus, van desde leve hasta ordinaria, especial y reincidencia para las que se fijan la permanencia de la persona agresora en el padrón por un mínimo de 3 hasta un máximo de 6 años respectivamente.
Los agravantes para calificar la falta son cuando la violencia sea cometida por personas servidoras públicas, aspirantes a una candidatura independiente, precandidatas, candidatas y profesionales de los medios de comunicación.
La información que es del conocimiento público https://www.ine.mx/actores-politicos/registro-nacional-de-personas-sancionadas/ difunde el nombre y sexo de la persona sancionada, si es precandidata, aspirante a candidatura o cargo desempeñado, número de expediente, sanción y conducta, permanencia en el registro y si es reincidente.

Entre las personas sancionadas van desde presidentes y presidentas municipales, regidores y regidoras, ciudadanos, locutores, periodistas, directores de medios de comunicación, autoridades de sistemas normativos, personas funcionarias de partidos políticos, servidores públicos, artesanos, aspirantes a cargos hasta la relación jerárquica que tenían con la víctima entre otros.
Y el delito cometido va desde violencia simbólica, verbal, hasta violencia psicológica, sexual, económica, patrimonial, en medios digitales, digital, vicaria, física y emocional.
Otro dato relevante es que, del total de 284 sanciones aplicadas 230 corresponden a hombres y 54 a mujeres, de las cuales 96 fueron aplicadas en Oaxaca, seguido por Veracruz y Tabasco con 35 y 30 sanciones aplicadas respectivamente.
Con 25 entidades federativas que aparecen en el registro entre las personas sancionadas por violencia de género, Coahuila ocupa el lugar 20 con sólo tres casos que significa el 0.94 por ciento del total de sancionados.
Por lo que se refiere a las personas sancionadas por cargo los tres primeros lugares encabezan el listado presidenta o presidente municipal con 60 casos que son poco más del 21 por ciento, de la ciudadanía 56 personas con el 19.70 por ciento y regidores 37 casos que significan el 13 por ciento.
Y mientras que el cuarto lugar lo ocupan periodistas con casos que son 29 casos y 10.21 por ciento del total, el lugar nueve lo ocupan directoras o directores de los medios de comunicación con 8 casos lo que significa el 2.82 por ciento.

En cuanto al ámbito territorial y los órganos que han impuesto el mayor número de sanciones por la comisión del delito de violencia política de género se informa que, de 319 casos 233 que es más del 73 por ciento se cometen en el nivel municipal, seguido por el nivel estatal con 50 casos que son el 15.6 por ciento y el nivel federal con 36 casos y el 11.3 por ciento; y de los 319 casos resueltos o sancionados 217, la mayoría, han sido resueltos por un tribunal electoral, mientras que 53 han sido resueltos por un órgano electoral local como el IEC.
Los tres sancionados hasta hoy y que aparecen en este padrón están Francisco Salvador Vega de León, secretario del ayuntamiento de Matamoros Coahuila, la conducta fue -de acuerdo con datos del registro-, “Expresiones en Facebook con la finalidad de discriminar, desacreditar y poner en entredicho la capacidad o habilidades de la víctima para el ejercicio de sus derechos político-electorales con base en estereotipos de género”, es decir, contra una candidata de un partido opositor, la sanción en 2021 fue una multa económica de la que no se menciona el monto y su permanencia en el registro culminará el 31 de diciembre del 2023.
Hugo Jurado Estrada, servidor público de Francisco I. Madero Coahuila, la conducta fue -de acuerdo con datos del registro que ya no está vigente-, “Violencia simbólica y verbal mediante publicaciones en Facebook con expresiones despectivas sobre la maternidad de la víctima, con la intención de generar desaprobación no sólo de sus colegas sino de la ciudadanía por su postulación a candidata a la presidencia municipal”, es decir, contra una mujer con familia monomaterna, la sanción en 2020 fue una multa económica, disculpa pública y aplicación de medidas de no repetición de delito, no obstante, su permanencia en el registro que en la página aparece en blanco deberá culminar el 2 de diciembre del 2026.
Y Francisco José de la Peña, director editorial de un medio de comunicación, la conducta fue -según el registro-, “Publicación de notas periodísticas en medios digitales que incluían frases con estereotipos de género en perjuicio de la víctima y otras relacionadas a su vida personal durante el ejercicio de su cargo”, la sanción fue una amonestación pública y su permanencia en el registro culminará el 11 de marzo del 2025.
APELACIÓN Y AMPARO
Los tres medios de comunicación sancionados recientemente por el Tribunal Estatal Electoral de Coahuila por la comisión del delito de violencia política contra las mujeres y a través de sistemas digitales todavía tienen el camino de la apelación reconoció a principios de marzo el presidente del Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila.
“Estamos en la revisión de las resoluciones del Tribunal Electoral en cuanto a este tema, como administradores de ese padrón de personas que han incurrido en violencia política contra la mujer y dejar constancia de ello”, precisó Rodrigo Germán Paredes Lozano.
¿Para estos medios cabría la posibilidad de apelar la sentencia del tribunal o solicitar un amparo?
“Sí, por supuesto, ellos tienen el derecho de recurrir a otras instancias jurisdiccionales para impugnar estas determinaciones del Tribunal Electoral”.

AUMENTO EN REDES DIGITALES
Luego de precisar que en política se da una participación diferenciada de las mujeres y de los hombres “al grado de que como mujer no puedes ejercer el cargo o encargo”, Norma Irene de la Cruz Magaña, consejera electoral del Instituto Nacional Electoral dio a conocer que el Registro Nacional de Personas Sancionadas por Violencia de Género cuenta con 261 quejas que tienen que ver con conductas que se denuncian en ataques en las redes sociales.
La consejera quien participó en Saltillo en el foro La Participación política de la juventud a través de las redes sociales y el fenómeno de la violencia política contra las mujeres en razón de género en espacios digitales precisó que las redes sociales que más utilizaron unos 39 millones de jóvenes en México en 2021 fueron WhatsApp, Facebook, Instagram y Messenger.
Dato que, al compartirse con la lista nominal y padrón del INE en el país indica que más de 26 millones de electores utilizan las redes sociales en cuestiones políticas.
Después de mencionar que las redes sociales han servido para organizar cada vez más movilizaciones sociales, no obstante, “nos dan por desgracia acceso a información, pero también a la desinformación a través de cualquier documento que una persona recibe en sus páginas”.
Ello, advirtió, se traduce en una desventaja porque se corre el riesgo de tener una cámara de eco por lo que exhortó a estar al pendiente de lo que se ve en las redes.

De la Cruz Magaña pasó al tema de la violencia política de género en medios digitales y reveló que se tienen datos de que el 73 por ciento de los casos de violencia contra las mujeres se ubican en el ámbito municipal.
Que inclusive el uso de las redes sociales con fines políticos ha acarreado el incremento de la violencia pues todos estamos expuestos en las redes, por ejemplo, el Movimiento #Yosoy132 y que trajo muchas consecuencias tanto positivas como negativas.
“En este aspecto a través de los medios digitales se ve mucho una hipersexualización del cuerpo femenino y resulta que cuando hablamos de las mujeres automáticamente vienen una serie de descalificaciones”.
“Por ejemplo, en política cuando nominan a una mujer preguntan qué capacidad tiene y cuando nominan a un varón no preguntan sobre su capacidad”.
Luego precisó que las mujeres todavía son discriminadas en política por sus características físicas, etnológicas o de grupo.
Dijo que esas ideas estereotipadas se van reproduciendo en los medios digitales con mayor frecuencia y, por desgracia, derivan en efectos más desproporcionados en las mujeres en comparación con los hombres.
Su conclusión, que donde atacan más a las mujeres precandidatas, candidatas o funcionarias y servidoras públicas es en las redes sociales en el país, tema del que Coahuila, aunque esté en lugar 20 de castigadas en el Registro Nacional de Personas Sancionadas por Violencia de Género, no es la excepción.
Como muestra están los casos de las tres personas sancionadas hasta hoy por la comisión del delito de violencia contra mujeres, todos en el ámbito municipal y mediante el uso de medios digitales.
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