Por Zitamar Arellano Trueba
Saltillo, Coahuila 05/08/26 (Más).- La elaboración de los presupuestos estatal y municipales para 2027 obligará a las dependencias y organismos públicos a presentar información sobre los resultados de sus programas si los quieren continuar, mientras que los ayuntamientos que pretendan crear nuevos conceptos de cobro como impuestos y derechos o deseen modificar tarifas de agua deberán aportar argumentos, estudios y documentos que justifiquen las medidas antes de incorporarlas a sus leyes de ingresos, de acuerdo a las nuevas reglas de integración del Presupuesto 2027 publicadas por la Auditoría Superior del Estado (ASE).
Las nuevas reglas establecen que los proyectos de gasto deberán incluir la evaluación más reciente de los programas y políticas públicas, así como objetivos, indicadores y metas que permitan medir si el dinero asignado realmente produce los resultados prometidos.
Al mismo tiempo, el documento fija requisitos para que los municipios propongan nuevas contribuciones y para que los sistemas de agua sometan sus tarifas a la revisión de sus consejos directivos y de los cabildos, antes de que puedan formar parte de los cobros aplicables durante 2027.
Programas deberán informar qué resultados han obtenido
Las dependencias estatales, municipios, poderes, organismos autónomos y entidades descentralizadas no deberán limitarse a solicitar una cantidad de recursos. Las reglas señalan que la información correspondiente a la evaluación más reciente del desempeño de sus programas y políticas públicas deberá acompañar la presentación de los proyectos de ingresos y egresos.
Esto no significa necesariamente que todos los programas deban ser sometidos a una nueva evaluación antes de que se apruebe el presupuesto, sino que las autoridades tendrán que presentar las evaluaciones más recientes disponibles para que puedan ser consideradas al momento de decidir cuánto dinero recibirá cada programa durante 2027.
El mecanismo obliga también a que cada programa presupuestario cuente con un diagnóstico del problema que pretende resolver, cobertura, población objetivo, reglas de operación, origen de los recursos, unidad responsable y una Matriz de Indicadores para Resultados.
En esa matriz deberán establecerse el objetivo general, los bienes o servicios que se entregarán, las actividades que serán realizadas y los indicadores que servirán para comprobar el avance del programa. También deberán registrarse metas trimestrales y anuales, medios de verificación y los riesgos externos que pudieran impedir el cumplimiento de los objetivos.
Los indicadores deberán medir aspectos como eficacia, eficiencia, economía y calidad. Los estratégicos estarán dirigidos a conocer si se cumplieron los objetivos de las políticas públicas, mientras que los de gestión medirán la forma en que se produjeron y entregaron los bienes o servicios públicos.
Las reglas abren así la posibilidad de comparar cuánto dinero recibió un programa, qué metas prometió alcanzar y cuáles fueron sus resultados antes de que se autorice una nueva asignación.
Además, los resultados de las evaluaciones deberán publicarse a más tardar 30 días después de que concluyan. La información deberá incluir el documento completo, resumen ejecutivo, principales hallazgos, bases de datos, metodología, identidad del evaluador, forma de contratación, costo y fuente de financiamiento.
Esta información permitirá identificar programas que soliciten incrementos presupuestales pese a presentar incumplimientos, resultados insuficientes o recomendaciones pendientes de atender.
Nuevos impuestos deberán contar con justificación
Las reglas también establecen mayores requisitos para los municipios que pretendan incorporar impuestos que no existan en sus leyes de ingresos vigentes.
Cuando se proponga una nueva contribución, la exposición de motivos deberá contener bases objetivas, argumentos y fundamentos que expliquen su creación.
Si para justificarla se realizaron estudios financieros, fiscales, actuariales, sociales o de otra naturaleza, estos deberán anexarse al proyecto que será discutido por el ayuntamiento.
El acta de cabildo tendrá que registrar las discusiones, las modificaciones realizadas al proyecto y el sentido del voto de cada integrante del ayuntamiento.
De esta manera, podrá conocerse qué alcalde, síndico o regidor respaldó o rechazó cada nuevo cobro.
Tarifas de agua pasarán por consejos y cabildos
En el caso de los sistemas municipales de agua, los proyectos de tarifas deberán ser estudiados y aprobados primero por sus consejos directivos.
Posteriormente, las propuestas tendrán que enviarse al cabildo correspondiente para su análisis, discusión y eventual incorporación a la Ley de Ingresos del municipio. El gerente de cada organismo será responsable de someter al consejo directivo tanto el presupuesto de egresos como la estimación de ingresos para el siguiente año.
El proceso permitirá conocer si los sistemas de agua pretenden incrementar las tarifas domésticas, comerciales o industriales, pero también obligará a revisar los documentos que sustenten los ajustes, como costos de energía eléctrica, mantenimiento de redes, extracción, tratamiento, saneamiento, cartera vencida y proyectos de infraestructura.
Los tesoreros municipales deberán presentar a los ayuntamientos sus anteproyectos de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos a más tardar el 31 de agosto, por lo que durante este mes comenzarán a definirse los cobros, tarifas y programas que marcarán el ejercicio fiscal de 2027.
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