Por Miguel Villarello
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“Bastaría con colocar un agregado al Código Penal para los artículos 195 y 196 que diga que esas disposiciones quedan sin efecto derivado de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en relación con la controversia que tiene que ver con el aborto en Coahuila”, consideró el diputado Ricardo López Campos.
Luego de mencionar que ese ajuste se haría en el seno del Poder Legislativo, el diputado coordinador de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso local aseveró que no es necesario derogar esos artículos que habrían causado la controversia constitucional ante la SCJN por que se consideraba que criminalizaban a las mujeres.
Dijo que dicha resolución es con el fin de garantizar la libre voluntad de las mujeres a interrumpir el embarazo, por lo que reiteró que el delito del aborto permanecerá en el Código Penal de la entidad, para castigar cuando alguien lo practique sin el consentimiento de la mujer.
López Campos expresó que las notificaciones de la Corte, una vez que ha emitido el resolutivo o criterio, son muy tardadas.
“Es decir, llevan un proceso que se extiende por días, prueba de ello es que a la fecha hay dos criterios pendientes de considerar y que se refieren a resoluciones con reformas aprobadas en Coahuila”, expresó.
Y comentó al respecto: “Además de la protección del derecho de las mujeres a interrumpir su embarazo, está otra reforma que tiene que ver con la inclusión de grupos indígenas”.
La segunda ya lleva unas semanas que no se recibe y la primera, la del aborto, tardaría más tiempo; y en el caso de la inclusión de grupos indígenas la Corte resolvió que fue en el proceso legislativo donde no se tomó en cuenta a los grupos indígenas, aunque el fondo haya sido lo correcto luego de un profundo análisis entre los 11 ministros.
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