Por Juan Rocha
La compañía Selther Tetakawi ha trabajado con sus proveedores de servicio especializado para estar en orden conforme a la reforma laboral, y estará en tiempo cumpliendo, dio a conocer Rafael Amar, gerente general de la compañía.
De acuerdo con Amar, los proveedores de servicio especializado ya los tienen en proceso de inscripción en el registro de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, y se avanza de manera favorable.
“No vemos ni anticipamos ningún sobresalto con estos cambios que nos piden las autoridades, porque se está haciendo el trabajo para cumplir con todos los requisitos que se piden”, dijo el directivo de la compañía.
Conforme a la reforma de la Ley Laboral y regulación del outsourcing, el uno de agosto entra en vigor la parte fiscal que tiene que ver con este cambio sustancial a la ley del trabajo.
Las empresas para el uno de agosto deberán haber concretado cambios en la Ley del ISR, Ley del IVA y Ley y Código Fiscal de la Federación, de acuerdo con Pricewaterhouse Coopers México.
Aunque todo es relevante en este cambio que deben hacer las compañías, la parte que se considera más fuerte es la responsabilidad solidaria, que son las personas morales o personas físicas, que reciban servicios especializados o contraten obras especializadas, por las contribuciones que se hubieran causado a cargo de los trabajadores con los que se preste el servicio.
Se considera una agravante en la comisión de infracciones fiscales, la comisión de infracciones fiscales, la deducción o acreditamiento, en contravención a lo establecido en la Ley del ISR y la Ley del IVA en relación con servicios de subcontratación o en aquellos casos donde los trabajadores que el contratista pone a disposición del contratante, originalmente hayan sido trabajadores de este último y hubieran sido transferidos al contratista, o cuando los trabajadores que ponga a disposición el contratista abarquen la totalidad de las actividades preponderantes del contratante.
Y se aplicarán multas por incumplimiento, porque se considera que se comete una infracción cuando el contratista no cumpla con la obligación de entregar a un contratante la información y documentación requerida en las leyes del ISR e IVA, en cuyo caso la multa será de 150 mil a 300 mil pesos por cada obligación de entregar información no cumplida.
Además van a considerar delito de defraudación fiscal calificado utilizar esquemas simulados de prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, o realizar la subcontratación de personal.
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