Ciudad de México, 13/04/26 (Más).- El Gobierno federal publicó el decreto de reforma constitucional que establece un tope a las llamadas pensiones doradas en el sector público, con el objetivo de limitar los montos que reciben exfuncionarios y personal de confianza en diversas entidades del Estado.
De acuerdo con el portal Animal Político, la modificación al artículo 127 de la Constitución fue publicada en el Diario Oficial de la Federación tras su aprobación en el Congreso de la Unión y la ratificación de al menos 17 congresos estatales, cumpliendo así el proceso requerido para cambios constitucionales.
El decreto, firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum, establece que las jubilaciones y pensiones de trabajadores de organismos descentralizados, empresas públicas, sociedades nacionales de crédito, fideicomisos y entidades con participación estatal no podrán exceder la mitad de la remuneración asignada a la persona titular del Ejecutivo Federal.
Asimismo, el texto señala de manera explícita que estas percepciones no deberán exceder de la mitad de la remuneración establecida para la persona titular del Ejecutivo Federal, fijando este límite como un criterio obligatorio en los tres niveles de gobierno. También se prohíbe que contratos laborales o instrumentos jurídicos contemplen condiciones que superen dicho tope.
Uno de los aspectos más relevantes de la reforma es su aplicación a pensiones ya otorgadas, ya que el régimen transitorio establece que aquellas que no estén dentro de las excepciones deberán ajustarse al nuevo límite, incluso si fueron concedidas antes de la entrada en vigor del decreto. Además, se ordena a los entes públicos revisar y adecuar sus contratos, condiciones de trabajo y disposiciones internas para cumplir con la nueva normativa.
No obstante, el decreto contempla excepciones específicas, entre ellas las pensiones de las Fuerzas Armadas, las derivadas de sistemas de ahorro para el retiro basados en cuentas individuales, las provenientes de aportaciones sindicales en esquemas complementarios y la pensión no contributiva establecida en la Constitución.
La reforma también fija un plazo máximo de 90 días naturales para que el Congreso de la Unión y las legislaturas estatales armonicen sus marcos legales conforme a los nuevos criterios, y precisa que su implementación no implicará aumentos presupuestales ni mayores gastos en servicios personales.
El dictamen fue aprobado en la Cámara de Diputados el pasado 25 de marzo, en una sesión prolongada y acompañada de protestas de jubilados, quienes manifestaron su inconformidad, especialmente por la posibilidad de que el nuevo tope afecte derechos previamente adquiridos.
Durante el debate legislativo, algunos diputados advirtieron sobre un posible carácter regresivo de la medida, al considerar que podría impactar a pensionados que ya contaban con condiciones definidas. Desde la oposición, legisladores coincidieron en que el problema no es establecer límites a pensiones elevadas, sino hacerlo de forma retroactiva.
Por su parte, legisladores de Morena defendieron la reforma al señalar que busca eliminar beneficios desproporcionados financiados con recursos públicos y aseguraron que no afecta a la clase trabajadora.
En paralelo, jubilados de instituciones como Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad han expresado preocupación por el impacto económico que podría representar la reducción de sus ingresos, así como por la posible vulneración de derechos adquiridos, en un contexto que mantiene abierto el debate sobre los alcances y efectos de la reforma.
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