Tras determinar que la CNDH violó el derecho a la verdad y a la información pública, juez ordena que el organismo publique de manera íntegra recomendación que censuró sobre Pasta de Conchos
REDACCIÓN MÁS / IA
El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, con sede en la Ciudad de México, determinó que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) violó el derecho a la verdad y el derecho a la información de la población al censurar parte de su recomendación 28/2006. Este informe documenta los abusos y omisiones de las autoridades federales que resultaron en la muerte de 65 trabajadores de la mina Pasta de Conchos el 19 de febrero de 2006.
El acto de censura fue impugnado en septiembre de 2023 por Elvira Martínez, viuda de Jorge Bladimir Muñoz Delgado, uno de los mineros fallecidos en Pasta de Conchos. Martínez promovió un juicio de amparo con el acompañamiento del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro y la organización Artículo 19, dedicada a la defensa del derecho a la información.

En julio de 2023, María del Rosario Piedra, titular de la CNDH, ordenó censurar 2,543 recomendaciones emitidas entre 1990 y 2015, que relatan abusos cometidos por la autoridad durante los gobiernos de Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto. Entre las recomendaciones censuradas se encontraba la del caso Pasta de Conchos.
La censura consistió en colocar pantallas negras sobre los fragmentos de las recomendaciones que describen los abusos cometidos, así como los nombres de los funcionarios y las instituciones públicas responsables. Según Animal Político, el juzgado ordenó a la CNDH revertir la censura de su recomendación 26/2006 y poner el informe completo a disposición de la ciudadanía a través de su página de internet.

Eduardo Guerrero, abogado del Centro Pro, explicó que “la recomendación 26/2006 de la CNDH se convertía prácticamente en la única fuente de acceso a la verdad sobre lo ocurrido en Pasta de Conchos, ya que se trata de un informe elaborado por un organismo público que constató lo que pasó y que confirmó que fueron violados los derechos humanos de los mineros y sus familias”.
El juez concluyó que la CNDH incurrió en actos de “inconstitucionalidad” al violar el derecho a la verdad y a la información, lo que impide que las víctimas accedan a la justicia y a la reparación del daño. Por ello, ordenó que la CNDH restituya el acceso completo al informe sobre el caso Pasta de Conchos mediante su publicación íntegra en su portal oficial.

Aunque el juzgado determinó que el proceso de censura de la CNDH es inconstitucional, la sentencia que ordena revertir la censura sólo aplica para la recomendación sobre el caso Pasta de Conchos, dado que es el único caso con el que la señora Elvira Martínez, promotora del amparo, tiene relación.
“La gente debe recordar que en el caso Pasta de Conchos, hasta la fecha, no hay justicia”, señaló Guerrero. “Han pasado 18 años desde que ocurrieron los hechos, el caso sigue impune, los cuerpos de los mineros siguen atrapados dentro de la mina y no ha habido reparación para las víctimas. Por eso, el bloqueo de la información generó mucha indignación y consternación en la señora Elvira Martínez y por eso se promovió el juicio de amparo”.
Con información de Animal Político


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