Por Miguel Villarello
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De acuerdo con el Artículo 57 de la Ley Minera mexicana tanto el concesionario como el contratista de El Pinabete, mina inundada desde el 3 de agosto pasado donde siguen hasta hoy 10 mineros atrapados, se harían acreedores a una multa equivalente de diez a dos mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, sanción que podría incrementarse al doble, dependiendo del siniestro, y a la que se sumaría la responsabilidad penal.
En este caso la sanción se aplicaría por, según el Inciso VII de dicho artículo, “omitir una notificación referente a las medidas necesarias para prevenir accidentes que no se adopten cuando pongan en peligro la vida o integridad física de los trabajadores o de los miembros de la comunidad o bien, no tomar las medidas procedentes en caso de haberse recibido tal notificación”.
Mientras el rescate de los 10 atrapados en El Pinabete continúa y ya tardó pues han transcurrido 17 días o más de 400 horas y con cerca de 300 personas apiñadas en el lugar de la inundación en Villa de Agujita, Sabinas Coahuila, además de varias incursiones en el subsuelo para tratar de entrar y salvar a los 10 mineros y que no han tenido éxito, la ley pareciera ser letra muerta.
Es decir, no se ha tomado en cuenta, aparte de que continúa la incertidumbre a pesar de que el rescate de los mineros es la prioridad, pero la investigación sobre las personas concesionarias, contratistas y dueñas de la mina El Pinabete no avanza, no obstante que en dicho lugar hace más de 20 años se habían hecho trabajos de extracción de carbón y que en la actualidad los mismos trabajadores reportaron de filtraciones de agua en sus galerías.
De acuerdo con afirmaciones de funcionarios estatales y federales la investigación sigue, pero nadie se pone de acuerdo con respecto a la Ley Minera en lo que se refiere a la explotación, extracción y control de mineral de carbón en los denominados “pocitos”.
Inclusive hay quienes afirman que dicha reglamentación muestra un atraso pues no aborda estos “pocitos” y, de la denuncia, las voces han pasado a urgir a legislar para reformar esta ley y prohibirlos.
CASTIGAR DESASTRES
Con excepción del PRI y PVEM las bancadas parlamentarias de UDC, MORENA y del PAN propusieron a la autoridad federal aplicarse en la investigación de la mina El Pinabete y ejercer sus atribuciones para aplicar las sanciones correspondientes a quienes resulten responsables por posible negligencia y corrupción.
Sin ponerse de acuerdo, las tres parlamentarias solicitaron a varias dependencias federales a aplicar la ley en cuanto a la exploración, explotación y extracción de carbón de las minas conocidas como “pocitos”.
Se urgió a investigar, aplicar la ley y sancionar a los dueños, concesionarios y contratistas que resulten responsables por su actitud omisa por el hecho sucedido el pasado 3 de agosto, sugirió la diputada Yolanda Elizondo Maltos de la Unidad Democrática de Coahuila.
Que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social supervise y sancione a las mineras incumplidas pidió la UDC; que la autoridad federal investigue y sancione a los responsables del desastre minero en Agujita exhortó MORENA y que la Secretaría de Economía entregue el registro de la mina Las Conchitas y El Pinabete siniestrada en Agujita, además que las secretarías del Trabajo federal y estatal informen a detalle sobre las visitas de inspección que realizaron a las minas de Coahuila pidió el PAN.
En México se cuenta con leyes y normas que protegen a los mineros, pero son ignoradas y desacatadas por las autoridades correspondientes, estableció Elizondo Maltos, “leyes y normas que no se respetan, de lo contrario, no habría estos accidentes que se repiten constantemente y cada vez con mayor frecuencia”.
Denunció asimismo que las empresas en las que han muerto los mineros por estos accidentes “siguen operando sin que se les inspeccione, sin que se les vigile, sin que se les castigue como corresponde; no hay sanciones, no hay pérdidas de concesiones ni hay justicia para las familias de los mineros fallecidos”.
Por lo que propuso exhortar a la STyPS federal a inspeccionar y vigilar “que las empresas mineras que operan en la Carbonífera cumplan con el marco jurídico que rige la minería y, de ser el caso, apliquen las sanciones por falta de medidas de seguridad para proteger y salvaguardar las vidas de los mineros y así evitar la repetición de desastres en las minas de carbón”.
Por parte de MORENA Lizbeth Ogazón Nava solicitó “a las autoridades competentes a nivel federal a realizar las investigaciones y procedimientos necesarios para, en su caso, sancionar a los responsables de lo ocurrido en el pozo ubicado en El Pinabete Villa de Agujita, Sabinas Coahuila”.
Inclusive pidió “revisar de manera profunda la organización de la minería de carbón en la entidad ya que sólo beneficia a los patrones quienes mantienen en una condición semifeudal a los trabajadores”.
Por lo que sostuvo que esta situación irregular no es responsabilidad sólo de la ambición de los propietarios de las minas, “también lo es de malos funcionarios federales, inspectores de la STyPS que se prestan a través del cohecho para ignorar las infames condiciones en las que se labora en las minas y los pozos”.
Luego de un breve recordatorio de accidentes mineros en la Carbonífera coahuilense, en su turno el PAN a través de la diputada Luz Natalia Virgil Orona declaró que la inseguridad en las minas de carbón sigue siendo una realidad vergonzosa y permanente “desde grandes empresas pasando por medianas y por operadores de pocitos ilegales”.
Reveló que ni siquiera existe un padrón oficial de todas las minas que existen en la región, “lo que demuestra la apatía y la incompetencia de las autoridades federales; no es posible conocer el número de inspecciones y visitas de vigilancia realizadas por la Secretaría del Trabajo ni existe un control sobre los permisos y autorizaciones para operar estas minas”.
Por ello su exhorto fue en dos sentidos: a la Secretaría de Economía federal para “informar sobre los permisos y registros que consten en su poder sobre lo que se refiere a la explotación minera del Pocito de la Mina Las Conchitas, en Sabinas, Coahuila, lugar de la tragedia ya conocida por todos”.
Y para que las secretarías de Trabajo y Previsión Social y de Trabajo de Coahuila “entreguen un informe detallado sobre las visitas de inspección y los planes de seguridad que se han realizado hasta la fecha en las minas de carbón de la entidad”.
LEY CONGELADA
Aparte de que el presidente está mal informado sobre la tragedia de El Pinabete en Sabinas no hay que lucrar políticamente con ella sino buscar una respuesta, aseguró esta semana Rubén Moreira Valdez.
Por ello urge sacar de la congeladora del Senado la iniciativa de ley sobre la reglamentación de los pocitos de carbón que data del 2013, enfatizó el diputado federal.
Inclusive precisó que “el miércoles en Tribuna expuse la necesidad de sacarla de la congeladora porque si entonces en 2013 esa ley se hubiera votado en el Senado todos esos accidentes no hubieran pasado”.
Aparte de insistir con que el tema de las minas es esencialmente de carácter federal y que “un gobierno estatal tiene nula intervención en la posibilidad de decidir en el establecimiento de una mina”, aseveró que el presidente de la República es mal informado y algunos actores locales traten de llevar algún tipo de raja política mal informándolo”.
Y dio una amplia explicación de “porqué sucedió la tragedia: Se debió a que en el momento de no comprar a los grandes productores que son los más seguros, se desplazó la compra de carbón por la necesidad de las plantas a productores pequeños y estos tienen márgenes de seguridad inferiores, ese es el tema”.
“La inseguridad se da en los pozos porque el carbón a la venta y extracción es muy bajo el precio, ese es el problema y esa explotación crece cuando le bajas los márgenes de seguridad, entonces aumenta la ganancia”.
“Por eso todas esas cosas raras que se ven, uno es el dueño del predio, otro el patrón, otro el de la concesión, otro es del contrato y esos márgenes tan irracionales de ganancia se dan a partir de la inseguridad”.
“Contrario a los grandes productores, los pozos bajan la seguridad, bajan los salarios, no los tienen en el Seguro Social, aumentan el margen y pasa todo esto”.
REFORMA PARCIAL
En agosto de 2014 el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos decretó y expidió la Ley de Hidrocarburos y reformó diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera; la Ley Minera y la Ley de Asociaciones Público-Privadas.
En sí, esta reforma se dedicó solamente a los hidrocarburos y sus derivados como el gas en el subsuelo, https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lmin.htm pero nunca se abordó el aspecto de la minería de carbón en cuanto a los pocitos y su reglamentación.
Así, dentro del Artículo Segundo de los Transitorios casi al final el Artículo Cuarto establece cuatro disposiciones transitorias de la Ley Minera: el Segundo y Tercero Transitorios dicen que se abroga el Reglamento de la Ley Minera en materia de Gas Asociado a los Yacimientos de Carbón Mineral y que las áreas en que hubo o haya asignaciones mineras con potencial para la extracción de gas asociado a los yacimientos de carbón se considerarán como reservadas, además de que no sería aplicable para las concesiones mineras que se encontraban vigentes a la entrada en vigor del decreto.
LEY MINERA
Por lo que respecta a la Ley Minera https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lmin.htm , también en el mismo sitio electrónico y mediante un recorrido general, no aborda la temática de los pocitos de carbón en Coahuila.
Por ello para los diputados locales de la UDC, del PAN y de MORENA, así como para los diputados federales del PRI y un senador de MORENA es letra muerta.
Se analizó el texto vigente de esta nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 1992 y reformado apenas el 20 de abril del 2022 por el tema del litio, pero no para la minería del carbón.
Así, el Artículo 7 de la Ley Minera dice que son atribuciones de la Secretaría de Economía Inciso X llevar el Registro Público de Minería y la Cartografía Minera y realizar toda clase de levantamientos topográficos y geodésicos con el fin de mantener actualizada esta última, el Inciso XI corregir administrativamente los errores que encuentre en un título de concesión o de asignación, previa audiencia al titular y sin perjuicio de tercero.
Y el Inciso XII verificar el cumplimiento de los deberes y obligaciones que impone la presente Ley a quienes lleven a cabo la exploración, explotación o beneficio de minerales o sustancias concesibles e imponer las sanciones administrativas derivadas de su inobservancia:
No obstante, prevé que la Secretaría de Economía “podrá solicitar la colaboración de otras autoridades federales, estatales y municipales en ejercicio de las facultades de verificación que le confiere la presente Ley”.
Mientras que el Artículo 8 sostiene que la SE formulará los programas de fomento a la pequeña y mediana minería y al sector social, señalados en la fracción II del artículo anterior y coordinará las acciones necesarias para su ejecución.
Por su parte el “Reglamento de esta Ley establecerá los mecanismos para la instrumentación de los programas y acciones previstos por este artículo y precisará las características del pequeño y mediano minero por mineral o sustancia, con base en sus ingresos por ventas, el tonelaje total que extraigan o su participación en la producción nacional”.
Aquí es donde empiezan las sospechas y una de ellas que pudiera ser incluida en la investigación es que esta explotación sería considerada como un acto de corrupción por estar cercana al río Sabinas, ya que el artículo 20 de la Ley Minera señala que “las obras y trabajos de exploración y explotación de carbón en todas sus variedades en terrenos amparados por asignaciones petroleras o por contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos, en términos de la Ley de Hidrocarburos, sólo podrán ejecutarse con autorización de la SE que solicitará opinión favorable a la Secretaría de Energía.
Afirma que las “obras y trabajos de exploración y de explotación que se realicen dentro de poblaciones, presas, canales, vías generales de comunicación y otras obras públicas, en los zócalos submarinos de islas, cayos y arrecifes, el lecho marino y el subsuelo de la zona económica exclusiva, en las áreas naturales protegidas, así como las que se efectúen dentro de la zona federal marítimo terrestre, únicamente podrán realizarse con autorización, permiso o concesión según el caso de las autoridades que tengan a su cargo los referidos bienes: zócalos, lecho marino, subsuelo, las áreas o las zonas citadas en los términos que señalen las disposiciones aplicables”.
De ser así, los inspectores de la STyPS y de la SE debieron verificar la propuesta para otorgar la concesión de la explotación en El Pinabete por estar cercana al lecho del río Sabinas.
El Capítulo Cuarto habla de las Obligaciones que Imponen las Concesiones y Asignaciones Mineras y el Beneficio de Minerales y el Artículo 27 indica que “los titulares de concesiones mineras, independientemente de la fecha de su otorgamiento, están obligados a, Inciso IV “sujetarse a las disposiciones generales y a las normas oficiales mexicanas aplicables a la industria minero-metalúrgica en materia de seguridad en las minas y de equilibrio ecológico y protección al ambiente”.
El Inciso V a “no retirar las obras permanentes de fortificación, los ademes y demás instalaciones necesarias para la estabilidad y seguridad de las minas; el Inciso VI deberán “conservar en el mismo lugar y mantener en buen estado la mojonera o señal que precise la ubicación del punto de partida; y el Inciso VII dice que deberá “rendir a la SE los informes estadísticos, técnicos y contables en los términos y condiciones que señale el Reglamento de la presente Ley; mientras que en su Inciso VIII “permitir al personal comisionado por la SE la práctica de visitas de inspección”.
Más adelante el Artículo 34 da a conocer que “los titulares de concesiones mineras o quienes lleven a cabo obras y trabajos mediante contrato deberán designar como responsable del cumplimiento de las normas de seguridad en las minas a un ingeniero legalmente autorizado para ejercer, siempre y cuando las obras y trabajos involucren a más de nueve trabajadores en el caso de las minas de carbón y más de cuarenta y nueve trabajadores en los demás casos”.
Que “el responsable deberá dedicarse fundamentalmente a verificar el cumplimiento de dichas normas, cerciorarse de que se tomen las medidas necesarias para prevenir accidentes y notificar de inmediato aquéllas que no se hayan adoptado, al titular de la concesión de explotación o a quien lleve a cabo estos trabajos”.
Y el Artículo 43 habla por sí solo y es el que debería ocupar a quienes investigan el siniestro en El Pinabete: “El derecho para realizar las obras y trabajos previstos por esta Ley se suspenderá cuando éstos: Inciso I Pongan en peligro la vida o integridad física de los trabajadores o de los miembros de la comunidad o, Inciso II “causen o puedan causar daño a bienes de interés público afectos a un servicio público o de propiedad privada”.
Y continúa: “Si la visita de inspección que en su caso se practique revela peligro o daño inminente la SE dispondrá de inmediato la suspensión provisional de las obras y trabajos, al igual que las medidas de seguridad por adoptarse dentro del plazo que al efecto fije; de no cumplirse en el plazo señalado ordenará la suspensión definitiva de tales obras y trabajos”.
Como aporte: los mismos familiares de los mineros atrapados en El Pinabete habrían mencionado que los mismos trabajadores habían dado aviso semanas antes de las filtraciones de agua en las galerías de la mina.
Aunque no habla de la periodicidad de las inspecciones el Capítulo Séptimo informa de las Inspecciones, Sanciones y Recursos, en su Artículo 53 dice que “la SE en ejercicio de las facultades de verificación que les confiera esta Ley podrá practicar visitas de inspección con arreglo a las disposiciones siguientes.
Mientras el Artículo 54 indica que “las infracciones a las disposiciones de la presente Ley se sancionarán con la cancelación de la concesión o asignación mineras o multa” y que serán sancionadas administrativamente por la Secretaría.
Otro apartado que resulta importante para el caso de El Pinabete es el Artículo 57, dice que “se sancionarán con multa equivalente de diez a dos mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, multa que podría incrementarse al doble dependiendo de la infracción”.
Entre otras las infracciones siguientes Inciso VII “omitir la notificación prevista en el artículo 34 párrafo segundo -líneas atrás-, de esta Ley sobre las medidas necesarias para prevenir accidentes que no se adopten, cuando pongan en peligro la vida o integridad física de los trabajadores o de los miembros de la comunidad o bien, no tomar las medidas procedentes en caso de haberse recibido tal notificación; ello aparte de aplicar una responsabilidad penal en caso de resultar así.
REGISTROS OCULTOS
Al tanto que las secretarías del Trabajo y Previsión Social y de Economía federales incumplen al no publicar los datos de las concesiones mineras en la entidad, el presidente de México y las fiscalías generales de la República y del Estado van tras el propietario, concesionario y contratista de la mina el Pinabete de Agujita para fincar la responsabilidad sobre la tragedia.
Así se constató al tratar de acceder a la página conocida como Cartografía Minera de la Secretaría de Economía del Gobierno federal y en la que, como deducción, se podría interpretar como una actitud de opacidad de parte de la dependencia federal.
La idea fue obtener datos precisos, debido a que por la ley de transparencia son públicos, sobre la concesión de El Pinabete o Las Conchas, a nombre de quién está, la vigencia de la extracción, la persona propietaria del predio y el tipo de permiso de extracción y explotación de acuerdo con ese registro minero, en pocas palabras, saber si está dentro de la legalidad.
Sin embargo, al tratar de acceder a la página electrónica https://datos.gob.mx/busca/dataset/listado-de-titulos-de-concesiones-mineras/resource/6d5a4f9e-7a86-4145-b356-e4f66ba9638c, no es posible para el navegador pues en la página de inicio Datos Abiertos “Base de datos de concesiones mineras de SE, está el botón para descargar el archivo, el cual no brinda el acceso esperado y más abajo aparece la leyenda “Está en proceso de evaluación”.
Al mismo tiempo se practicó el ejercicio con la página de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de la cual es sabido que cuenta con solamente seis inspectores para revisar las más de 150 minas, de tajo a cielo abierto, inclinadas y de pocito que, según cálculos de los mismos mineros existen en la región Carbonífera de Coahuila y sólo unas 100 tendrían su registro en regla ante dicha dependencia.
Pero a consultar esta página, dado que fue imposible localizar el posible padrón minero, se optó por conocer si existen informes de inspecciones a las minas de la entidad.
Así, se acudió a la página oficial https://www.gob.mx/stps , pero sin resultados, por ello se buscó en la Sala de Prensa en la que, por fortuna apareció un boletín sobre el desastre de la mina El Pinabete https://www.gob.mx/stps/prensa/stps-informa-sobre-el-accidente-en-la-mina-de-carbon-del-municipio-de-sabinas-coahuila?idiom=es.
El encabezado dice que “Informan autoridades sobre accidente en mina de carbón del Municipio de Sabinas, Coahuila; Comunicado 006/2022, Secretaría del Trabajo y Previsión Social, 03 de agosto de 2022”.
Y textualmente dice que las autoridades estatales y federales dieron a conocer que el día de hoy aproximadamente a las 13:35 horas ocurrió un accidente en una mina de carbón ubicada en el área conocida como Conchas, cerca de la población de Agujita, municipio de Sabinas, Coahuila en la cual se encontraban trabajadores realizando labores dentro de la mina.
Que “el accidente ocurrió cuando trabajadores en el desarrollo de sus actividades de excavación se toparon con un área contigua llena de agua que, al derrumbarse, provocó una inundación dejando atrapados a un grupo de mineros”.
Inclusive la STyPS afirma que esta mina “inició operaciones en enero de este año y a la fecha no se tiene antecedente de denuncias por algún tipo de anomalía”.
Y finalmente sostiene que en dicha zona “ya se encuentra personal de la Sedena, Protección Civil, así como autoridades estatales, municipales y federales, coordinándose en las labores de rescate”.
De ser verdadera la información que en el boletín difunde la misma STyPS cobra fuerza la versión aportada por familiares de mineros que habrían obtenido de la Cartografía Minera mencionada líneas arriba, de que el sitio del siniestro, el pocito de carbón se otorgó en concesión desde 2001 a Claudia María Iribarren González bajo el título 224534.
Al mismo tiempo y de manera reciente en las redes sociales y a través de su página oficial la STyPS informó en el comunicado 006, con fecha 12 de agosto, https://www.gob.mx/stps/prensa/la-secretaria-de-trabajo-y-prevision-social-informa?idiom=es que las inspecciones son de acuerdo con la NOM-032 en materia de carbón; que la STPS no otorga ni retira concesiones esa facultad corresponde a la Secretaría de Economía.
Inclusive reveló que actualmente “se encuentran en las Fiscalías 7 denuncias de la STPS contra minas por incumplimiento a la restricción de acceso a la explotación minera; que a la SE se le ha comunicado la existencia de 12 explotaciones mineras que presumiblemente pudieran tener irregularidades en el uso de sus concesiones”.
SE DEFIENDE
Al mismo tiempo la dependencia dio cuenta de las tareas de inspección minera: “en Coahuila se cuenta con tres Oficinas de Representación de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social en Saltillo, Torreón y Sabinas, donde trabajan 24 inspectores federales del trabajo, 13 de los cuales tienen presencia permanente en Sabinas”.
Declaró asimismo que en los últimos tres años en todo el país se han realizado 979 inspecciones a minas, 387 de ellas se han realizado en la zona Carbonífera en Sabinas, Nueva Rosita, Palaú y Barroterán, lo cual significa el 39 por ciento del total de inspecciones mineras desarrolladas en México.
Asimismo, citó de varios logros, que en tres años de la presente administración Federal la dependencia ha ordenado la suspensión de actividades por incumplir gravemente con las medidas de seguridad a 27 explotaciones mineras, lo cual significa el 84 por ciento de todas las suspensiones de minas en el país y por incumplimiento en las medidas de seguridad.
De ellos, 15 centros mineros de la región Carbonífera de Coahuila tienen vigente la orden de suspensión de actividades por parte de la STPS; sin embargo, en lo que va del sexenio de la 4T se han impuesto 3 mil 181 medidas de mejora en materia de seguridad en las minas del municipio de Sabinas Coahuila.
Esto significa el 75 por ciento de las sanciones económicas que ha impuesto la Secretaría a las minas de todo el país por incumplir con la normatividad laboral.
CANCELAR «POCITOS»
La diputada Yolanda Elizondo Maltos propone en entrevista cancelar las concesiones que tienen que ver con la minería de carbón conocidas como “pocitos” y en su lugar promover el esquema de cooperativa dedicada a la minería del carbón, pero de manera segura mediante minas de arrastre.
Ante la incapacidad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social federal, aseveró la legisladora de la UDC para la región Carbonífera, que no hace su trabajo ni aplica la ley, el Gobierno de la República es quien debería cancelar las concesiones a los pozos de carbón.
“Ello debido a que la pérdida de vidas humanas representa un costo muy alto para nuestros paisanos y no podemos continuar así”, enfatizó.
Después de recordar incidentes de mayor envergadura como Pasta de Concho hace más de 10 años, Rancherías en 2021 y ahora este del pocito de Agujita en Sabinas, Elizondo Maltos precisó que éste último “reveló los actos de complicidad, negligencia y corrupción entre concesionarios y funcionarios federales, concretamente los inspectores de la STyPS para que las minas sigan operando”.
“La problemática se resume a atender y ser corresponsables de una dependencia, ser honorable y no aceptar las corruptelas que se dan, habrá inspectores que trabajen como corresponde, pero habrá inspectores que no bajen a la mina porque son detenidos por un cheque muy atrayente”, afirmó.
“Todo eso debe terminar y debe ser una revisión constante o cambiar la reglamentación del uso de pozos mineros o cambiar, no un concesionario, que se concesione a cooperativas mineras y así será otra situación de manejo”.
LEGISLAR YA
Cada minuto se vuelve crucial ante la incertidumbre y el sufrimiento que se vive en la mina El Pinabete, expresa Jaime Bueno Zertuche.
Además de exhortar a algunos actores políticos de MORENA y la UDC a dejar de politizar cuando se está en juego la vida con este siniestro el legislador federal propone «entrarle todos en una solución responsable y comprometida».
“Es una tragedia sumamente triste este nuevo accidente en la comunidad de Agujita en Sabinas, creo que es un tema complejo al que debemos entrarle todos independientemente de los órdenes de gobierno, de los colores, debemos entrar todos a una solución”.
“Nos da gusto que en este tema sí estén los tres órdenes de gobierno trabajando de manera conjunta, que exista la colaboración y disposición de sacar adelante las cosas y esperando que pronto se pueda realizar ese rescate y podamos tener buenas noticias después de tantos días de angustia”.
Habla de la Ley Minera en cuanto a que no se ha legislado sobre la explotación del carbón en Coahuila en los llamados “pocitos” que trabajan bajo condiciones de mucha inseguridad y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que, con sólo seis inspectores, tiene dificultades para revisar más de 100 minas en la entidad.
¿Hay posibilidades de legislar al respecto y que se reglamente este tipo de excavaciones, los pocitos?, se le cuestiona y declara que sí.
“Claro que hay posibilidades, espero que existan las condiciones para que salgan adelante las diferentes propuestas, me parece que la responsabilidad nuestra sería sí hacerlo y ver cómo favorecemos la explotación a cielo abierto, las minas de arrastre, y cómo vamos prohibiendo definitivamente la extracción en condiciones inseguras”.
“Es increíble saber que, luego ese tipo de extracción y en este tipo de condiciones, tienen el aval, la compra directa inclusive, por parte de la Comisión Federal de Electricidad, cuando creo que desde ahí pudiéramos estar verificando y checando para decirles que si no cumplen con el mínimo de condiciones no le pueden surtir a la CFE”.
Mientras todo esto sucede y continúa la lucha política entre el Estado y la Federación, los intentos de rescate siguen su curso.
Ello en cuanto a sacar el agua de los cuatro pozos que inesperadamente la semana que termina incrementaron su nivel hacia arriba hasta los 35 metros en promedio, luego de estar en 2 metros de profundidad, y cuatro intentos fallidos de ingreso de los buzos y expertos en rescate.
A ello se suma la impotencia de las familias y los mismos mineros, que son quienes conocen el socavón, para que les permitan entrar y servir de guías y encontrar a los atrapados.
Luego de extender el cerco hasta casi dos centenares de metros alejados del pozo principal de la mina donde está ubicada la Zona Cero para un mejor control, la autoridad de los tres niveles ha pasado a dar dos informes diarios a las familias de los mineros, los cuerpos de rescate siguen haciendo sus labores sacando agua contaminada con mineral y monitoreando las galerías para fijar la ruta de acceso y salvar a Mario Alberto, Sergio Gabriel, Jorge Luis, José Rogelio, Luis Alberto, José Luis, Margarito, Jaime, José Rogelio y Ramiro.
Mientras, los minutos pasan, tardados, y hacen crecer la incertidumbre a la que se suma la impotencia de no poder entrar al pozo, no obstante, la esperanza de encontrarlos con vida no aminora.
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