Por Juan Rocha
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Saltillo, Coah. – Desde este día el aseguramiento de las trabajadoras del hogar es obligatorio, no hacerlo implicará sanciones, advirtió Agustín López Barrón.
El 16 de noviembre de 2022 en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, se publicó reformas a la Ley del Seguro social donde mediante el decreto que se publica se oficializa la reforma que había estado analizando en el Congreso desde 2019, dijo el fiscalista.
El principal cambio consiste en establecer un régimen de aseguramiento obligatorio para los trabajadores del hogar, definidos como: quien trabaje para una persona empleadora y resida en el domicilio donde realice sus actividades.
Quien trabaje para una sola persona empleadora y que no resida en el domicilio donde realice sus actividades, y quien trabaje para diferentes personas empleadoras y que no resida en el domicilio de ninguna de ellas.
En este sentido, no se considera persona trabajadora del hogar: las que realice trabajo del hogar únicamente de forma ocasional o esporádica, y quien preste servicios de aseo, asistencia, atención de clientes y otros semejantes, en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, bares, hospitales, sanatorios, colegios, internados y otros establecimientos expuso Barrón.
Los pagos de las cuotas se harán de manera mensual, anticipada, y el factor de integración del salario base de cotización deberá considerar los días de descanso y vacaciones a que tienen derecho las personas trabajadoras del hogar, en términos de las disposiciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo.
Posteriormente el Consejo Técnico del IMSS, definirá mediante reglas de carácter general el factor de integración salario de las trabajadoras del hogar, por lo pronto el régimen se mantendrá igual al que opera actualmente en estatus de programa piloto.

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