Ciudad de México, 07/05/24 (Más).- El Instituto Nacional Electoral (INE) no tiene facultades para cancelar candidaturas para la elección judicial antes de la jornada electoral del próximo 1 de junio, afirmó la consejera Norma de la Cruz.
La declaración refutó la solicitud presentada por los presidentes del Senado y la Cámara de Diputados, quienes pidieron anular el registro de 26 aspirantes señalados por presuntas irregularidades o incumplimiento de requisitos.
El pasado domingo, Gerardo Fernández Noroña, presidente del Senado, y Sergio Gutiérrez Luna, presidente de la Cámara de Diputados, enviaron tres documentos a la consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei, en los que argumentaron que los 26 candidatos cuestionados no cumplían con los requisitos de buena reputación o promedio académico mínimo establecido por la Constitución.
La primera causa señalada se refirió a vínculos con investigaciones abiertas por la Fiscalía General de la República (FGR), mientras que la segunda se basó en que no alcanzaban el promedio de 8 en su licenciatura en Derecho.
Norma de la Cruz, consejera integrante de la comisión de seguimiento del proceso electoral, explicó que las candidaturas no pueden ser canceladas en esta etapa del proceso, pero podrían ser revisadas posteriormente.
“Hay un segundo momento procesal que sí nos toca revisar que es una vez pasada la elección”, declaró en entrevista para Radio Fórmula.
Esta postura coincide con lo que expresó Guadalupe Taddei el 30 de abril, cuando indicó que el INE no fue el encargado de integrar los registros de las candidaturas en este proceso, debido a que la Constitución asignó dicha tarea a los Comités de Evaluación de los Poderes de la Unión.
“Nosotros lo que vamos a decir es que al Instituto Nacional Electoral por primera vez en los procesos electorales no le tocó integrar los registros”, afirmó entonces.
El pasado 24 de abril, el INE aprobó un acuerdo que permitirá revisar las candidaturas en el marco del protocolo conocido como 8 de 8 contra la violencia de género. En dicho acuerdo se establece la creación de una plataforma para que la ciudadanía pueda presentar denuncias contra aspirantes con antecedentes de violencia, deudas alimentarias o con órdenes de aprehensión. Sin embargo, el informe derivado de esta revisión está programado para ser entregado el 13 de junio, dos días antes de que se otorguen las constancias de mayoría a las candidaturas ganadoras.
Otro elemento que impide la cancelación inmediata de las postulaciones es que las boletas electorales ya han sido impresas con los nombres de todos los candidatos. El 29 de abril, el INE informó sobre la recepción de más de 601 millones de boletas para los comicios, y su distribución comenzó la semana pasada. Por ello, aún si se revocaran algunas candidaturas, los nombres permanecerían en las boletas y la decisión final quedaría en manos del electorado.
El 8 de mayo, el INE tiene programado pronunciarse sobre la petición de un ciudadano para cancelar la candidatura de César Mario Gutiérrez Priego por presuntamente no cumplir con el requisito de buena reputación. No obstante, la posición adelantada por la consejera de la Cruz anticipa que la solicitud no derivará en una cancelación inmediata.
De acuerdo con la Constitución, el artículo 96 establece que una vez realizada la elección, el INE debe declarar su validez y enviar los resultados a la Sala Superior del Tribunal Electoral y al Pleno de la Suprema Corte de Justicia, quienes resolverán las impugnaciones. Este proceso deberá concluir antes del 1 de septiembre de 2025, fecha de inicio del próximo periodo ordinario de sesiones en el Senado.
En la petición presentada por los presidentes del Congreso se mencionan dos listas. En la primera se incluye a seis personas supuestamente vinculadas a investigaciones ante la FGR; cuatro habrían sido imputadas por delitos federales y dos más estarían relacionadas con la defensa de personas acusadas por delincuencia organizada.
Sin embargo, la abogada Melissa Ayala señaló que todas las personas somos inocentes hasta que se nos demuestre lo contrario y no se pueden limitar los derechos político-electorales de una persona si no se le ha demostrado que es culpable.
Uno de los aspirantes, Arturo César Morales Ramírez, fue señalado por tener una orden de aprehensión desde 2007. En entrevista, el propio Morales Ramírez aclaró que se trata de un homónimo que se desempeñaba como agente del Ministerio Público Federal, mientras él era juez de distrito. El Sabueso de Animal Político contactó al candidato para verificar esta información, pero no obtuvo respuesta definitiva.
En una segunda lista, se incluyeron 12 candidatos señalados en notas periodísticas por supuestos vínculos con el crimen organizado o mala actuación profesional. Cinco fueron acusados de actuaciones indebidas en casos judiciales, uno por presuntos nexos con el crimen organizado, uno más por ser abogado defensor de personas imputadas por delincuencia organizada, y cinco por haber sido imputados por otros delitos federales o acusaciones de abuso sexual. La solicitud argumentó que estas candidaturas incumplen el requisito de “gozar de buena reputación”.
La abogada Melissa Ayala puntualizó que representar legalmente a personas imputadas no constituye causal de inelegibilidad, ya que el derecho a una defensa es una garantía constitucional. “Todas las personas tienen el derecho a una defensa”, indicó.
Finalmente, otros ocho candidatos fueron señalados por no cumplir con el requisito constitucional de promedio mínimo de 8 en la licenciatura. Siete de estos casos corresponden a postulaciones avaladas por el Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo y uno por el Legislativo. De comprobarse este incumplimiento, la candidatura podría ser impugnada por competidores o ciudadanos del distrito correspondiente.
El académico José Luis López Chavarría advirtió que resolver estos casos tras la elección puede provocar una percepción de politización del proceso. “Eso es como que tiende a politizarse, que ya tuvo el triunfo con todo y sus antecedentes y finalmente tener que declararlo nulo por no haber cumplido un requisito administrativo, que sea un promedio académico, suena absurdo, pero pudiera darse”, señaló.
Las decisiones del INE sobre la revisión de estas candidaturas se darán a conocer después del 1 de junio, en línea con los procedimientos establecidos en la legislación electoral.
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