Por Miguel Villarello
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El PVEM propuso ante el Congreso del Estado solicitar a los 38 ayuntamientos que inician en 2022, así como a los que terminan, a cumplir y apegarse a la normatividad en la entrega-recepción de sus administraciones, propuesta que fue aprobada por mayoría en el Congreso y que se envíe lo más pronto posible a las 38 nuevas alcaldías.
Lo anterior con el propósito de que la ciudadanía tenga elementos para confiar en sus autoridades, puesto que, expuso la diputada Claudia Elvira Rodríguez: “una vez concluido el proceso electoral el siguiente paso debe ser el que los munícipes entrantes y los que concluyen el encargo realicen con total transparencia, claridad y honestidad el proceso de entrega – recepción de sus municipios”.
Al respecto, inclusive, exhortó a utilizar la plataforma tecnológica con la que cuenta la Secretaria de Fiscalización y Rendición de Cuentas con el fin de llevar a cabo dicho procedimiento y cumplir con la ley.
Otro punto del orden del día fue la urgencia de actualización de la información pública de oficio que deben efectuar los sujetos obligados; ello ante la reincidencia de casos en los que algunas dependencias públicas tardan en modificar o actualizar sus portales web.
Por ello el grupo parlamentario del PAN solicitó en tribuna exhortar a los más de 170 sujetos obligados de Coahuila para que definan sus periodos de actualización además de entregar totalmente la información que la ciudadanía solicita.
Por ello se planteó una adición al Artículo 23 de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado cuya finalidad es establecer que en los periodos de actualización de los portales web por cambio de administración, los sujetos obligado entreguen toda la información pública de oficio a los solicitantes, aunque no esté publicada o se encuentre en proceso de actualización.
La iniciativa, sin embargo, fue turnada a comisiones para su evaluación y análisis y posteriormente será definida.
El problema, relató el diputado Rodolfo Walss Aurioles, se presenta durante los cambios de administración: “por ejemplo, los municipios que al ser renovados se enfrentan al reto de modificar y actualizar su información pública mínima y que refieren datos como nóminas, proveedores, contratos de obra pública, contratos de publicidad, padrones de beneficiarios de sus programas, actas de sesiones, presupuestos, declaraciones patrimoniales, inventario de bienes muebles e inmuebles y convenios”.
“Y para ello, los organismos garantes como el INAI y el ICAI deben establecer para los sujetos obligados una serie de lineamientos, etapas y metas con la finalidad de concretar la actualización y publicación de la información citada”, explicó.
Por ello la propuesta específica fue adicionar un segundo párrafo al artículo 23 de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado: “Artículo 23.- Durante los cambios de administración o renovación de titulares de los poderes públicos, organismos y demás autoridades reconocidas como sujetos obligados de acuerdo a la presente ley, la Información Pública de Oficio deberá entregarse a quien la solicite, observando los requisitos para las solicitudes de información; esto incluye la información correspondiente a la administración o titular saliente, con independencia de que se encuentren en periodo de actualización en los términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información”.
Al respecto, cabe recordar el caso del ayuntamiento de Arteaga que en 2018 tardó hasta seis meses en modificar su página en su portal electrónico, período en el que seguía apareciendo la fotografía del edil que había terminado en 2017, y nunca fue sancionada la autoridad municipal.
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