Por Zitamar Arellano Trueba
Saltillo, Coahuila, 02/09/26 (Más).- El Gobierno Municipal de Acuña impuso una barrera inédita de 80 mil pesos y concedió únicamente dos días sólo para inscribirse en la licitación de la rehabilitación del Parque de Béisbol Helios, mediante un procedimiento cuyas condiciones alertan una simulación con un proveedor previamente designado.
La convocatoria, cuyo costo no tiene antecedente en México, contradice los plazos previstos en la legislación estatal y produce una ventaja evidente para cualquier contratista que hubiera conocido anticipadamente el proyecto.
Más que procurar la libre participación de empresas para obtener la mejor propuesta, la convocatoria MAC-OP-PTB-01/2026 parece construida para reducir competidores. Fue publicada apenas ayer martes, cerrará la venta de bases hoy miércoles y realizará la visita de obra y junta de aclaraciones mañana jueves, cuando una empresa que no hubiera recibido información previa tendría menos de 48 horas para enterarse del concurso, disponer de 80 mil pesos, conseguir los documentos, estudiar el proyecto y formular preguntas técnicas.
El hecho sugiere que el concurso fue preparado pensando en alguna empresa previamente informada lo que contravendría no sólo la ley, sino el interés público y posiblemente afectaría el patrimonio municipal.
La convocatoria fue firmada por el alcalde Emilio de Hoyos Montemayor y establece que las propuestas serán abiertas hasta el 21 de septiembre, por lo que el municipio mantendrá cerrado el registro durante 18 días, aunque la propia ley ordena que las bases continúen disponibles prácticamente hasta la semana anterior a ese acto.

La combinación del cobro extraordinario, el brevísimo plazo de inscripción, la inmediata junta de aclaraciones y la falta de publicación de las bases completas no demuestra por sí sola que la obra ya tenga un destinatario acordado, pero genera condiciones que benefician directamente a una empresa previamente advertida y dificultan la entrada de cualquier competidor ordinario.
La convocatoria invoca expresamente el artículo 30 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Coahuila. Sin embargo, ese mismo artículo limita con claridad el precio que una autoridad puede cobrar.
“Cuando las convocatorias impliquen un costo, éste será fijado sólo en razón de la recuperación de las erogaciones derivadas de su publicación y la reproducción de los documentos que se entreguen”, establece la Ley de Obras Públicas de Coahuila.
Esto significa que el municipio no puede fijar libremente una cuota por participar, utilizarla como garantía de seriedad, convertirla en un filtro económico para seleccionar empresas ni calcularla de acuerdo con el valor de la obra. Únicamente puede recuperar lo efectivamente gastado en publicar la convocatoria y reproducir los documentos entregados.
Para justificar legalmente los 80 mil pesos, el Ayuntamiento tendría que presentar las facturas de las publicaciones, el número de copias, planos y anexos reproducidos, sus costos unitarios y una memoria de cálculo que explique cómo llegó exactamente a esa cantidad.
Los precios oficiales disponibles muestran una diferencia difícil de explicar. El Periódico Oficial de Coahuila cobra actualmente dos pesos por palabra por la primera o única publicación de un aviso administrativo. Aun suponiendo que la convocatoria tuviera 500 palabras, su publicación costaría alrededor de mil pesos, de acuerdo con el Registro Estatal de Trámites y Servicios.
El Diario Oficial de la Federación (DOF) reportaba, a partir de enero de 2025, un costo de 2 mil 739 pesos por octavo de plana para publicar documentos. La convocatoria del Parque Helios ocupa sólo una fracción de página dentro de la sección de concursos gubernamentales. La tarifa puede consultarse en la información oficial del DOF.
La difusión en el portal y las redes sociales del municipio no implica costos de impresión y, tratándose de archivos electrónicos, la reproducción es prácticamente gratuita. El Ayuntamiento tampoco ha dado a conocer cuánto pagó a un periódico local ni ha presentado comprobantes que permitan acercar el gasto total a los 80 mil pesos exigidos a cada participante.
Más aún, la Ley de Ingresos de Acuña para 2026 no establece una tarifa específica de 80 mil pesos por adquisición de bases de obra pública. Por tanto, el cobro no sólo requiere una explicación administrativa, sino también la demostración de que corresponde exactamente a publicaciones y reproducciones y no a una cuota recaudatoria creada por la Dirección de Obras Públicas.
La convocatoria asegura que las bases de participación pueden consultarse en la página electrónica del Ayuntamiento. Sin embargo, hasta este 2 de septiembre, en el apartado denominado “Licitaciones PTB 2026” sólo aparece un vínculo identificado como “CONVOCATORIA”.
El archivo disponible contiene únicamente la convocatoria de una página publicada oficialmente. No aparecen el proyecto ejecutivo, catálogo de conceptos, planos, especificaciones técnicas, presupuesto, criterios de evaluación, condiciones contractuales, garantías, análisis de precios ni relación completa de documentos que deben presentar las empresas.
Es decir, el Ayuntamiento anuncia que las bases están disponibles para consulta, pero en el sitio indicado no están publicadas. Para solicitarlas proporciona un correo de Hotmail (obras_públicas_2018@hotmail.com) en lugar de una cuenta institucional del Gobierno Municipal.
La ausencia de los documentos permite la desigualdad. Una empresa que apenas conoció la licitación tendría que solicitar las bases, esperar respuesta, pagar 80 mil pesos y revisar el proyecto prácticamente de un día para otro; una compañía que hubiera recibido previamente la información llegaría a la visita y a la junta de aclaraciones con el trabajo adelantado.
El artículo 30 de la legislación estatal ordena que la convocatoria y sus anexos estén disponibles desde su publicación y hasta el sexto día natural anterior al acto de presentación y apertura de propuestas.
Como la apertura del concurso está prevista para el 21 de septiembre, las bases deberían mantenerse disponibles aproximadamente hasta el 15 de septiembre. Acuña, en cambio, cerró la adquisición y la inscripción el día 2, unos 13 días antes del límite legal.
Los artículos 30 y 32 también establecen que la visita al sitio y la junta de aclaraciones pueden realizarse a partir del cuarto día natural contado desde la publicación. La convocatoria apareció el 1 de septiembre, pero el municipio programó ambos actos para el día 3, antes del plazo permitido.
No existe un antecedente en México de un cobro de 80 mil pesos exclusivamente por obtener bases de una obra pública. Los costos normales encontrados se ubican generalmente entre la gratuidad y unos cuantos miles de pesos.
El artículo 171 de la Constitución de Coahuila establece que las licitaciones deben permitir que libremente se presenten proposiciones solventes, a fin de asegurar las mejores condiciones de precio, calidad, financiamiento y oportunidad.
Un concurso con menos participantes reduce la posibilidad de comparar precios y aumenta el riesgo de que el municipio termine pagando más por la obra. Por eso el cobro de 80 mil pesos no sólo perjudica a las constructoras excluidas, sino que también puede afectar el uso del dinero público.
La conducta podría responder a una política administrativa que utiliza el precio de las bases para filtrar empresas, a un mecanismo recaudatorio sin sustento legal, a una práctica burocrática repetida desde 2023 o a un procedimiento diseñado para que participen únicamente contratistas conocidos por la autoridad.
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