Saltillo, Coahuila, 16/06/26 (Más).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó la invalidez del cobro de 150 pesos por el registro de nacimiento en Coahuila, al considerar que dicha cuota es inconstitucional por representar una barrera económica para el acceso al derecho a la identidad.
De acuerdo con información publicada por Posta Coahuila, la resolución del máximo tribunal del país fue aprobada por unanimidad y deriva de la revisión de una disposición contenida en la Ley de Hacienda estatal, la cual condicionaba el trámite del registro de nacimiento al pago de una tarifa.
La SCJN estableció que el registro de nacimiento no puede considerarse un servicio sujeto a contribución, ya que constituye un derecho humano fundamental reconocido en la Constitución mexicana y en tratados internacionales, por lo que debe garantizarse de manera gratuita y sin restricciones económicas.
La ministra Sara Irene Herrerías, ponente del proyecto, argumentó que cualquier cobro por este trámite vulnera el principio del interés superior de la niñez, al generar posibles obstáculos para que niñas, niños y adolescentes obtengan su identidad jurídica desde el nacimiento.
El tribunal señaló que el acta de nacimiento es la base para el ejercicio de otros derechos como educación, salud, seguridad social y acceso a programas gubernamentales, por lo que su ausencia puede limitar el desarrollo integral de las personas.
Asimismo, los ministros destacaron que el Estado tiene la obligación de garantizar el acceso universal al registro de nacimiento, ya que este constituye la puerta de entrada al reconocimiento legal de la identidad de cada persona.
Con esta decisión, la SCJN refuerza el criterio de que el derecho a la identidad debe ser gratuito, universal y sin condicionamientos económicos, eliminando cualquier barrera que impida su ejercicio pleno en el país.
Descubre más desde Más Información
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.
