La reforma estatal eleva de 7 a 15 las excepciones para ocultar datos y transfiere el control al Ejecutivo
Saltillo, Coahuila, 28/07/25 (Más).- Coahuila se sumó a los estados que modificaron su marco normativo en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales al armonizar su legislación local con la reforma federal que eliminó al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Como parte de este proceso, el Congreso del Estado incrementó las causas legales bajo las cuales las autoridades pueden clasificar la información como reservada. Las causales para mantener la información reservada en el estado pasaron de 7 a 15 después de la reforma.
Inicialmente, las siete causales estaban alineadas a los principios de la Ley General de Transparencia, contaban con un enfoque hacia el derecho penal y la protección de la integridad física y procesal, además, se establecía que la información podría ser pública una vez concluida la etapa protegida, como en el caso de sentencias ejecutoriadas.
Entre las causales tradicionales que permanecen, destacan aquellas que protegen la vida, la seguridad y la salud de las personas, así como la integridad de procesos penales o administrativos en curso, se consideran fundamentales y están alineadas con estándares internacionales y el marco federal de transparencia.
Sin embargo, la reforma introduce términos y categorías menos precisas, como la “paz social”, el “interés del Estado” o la protección de “infraestructuras estratégicas o prioritarias”. Estos conceptos, amplios y abiertos a interpretación, pueden convertirse en escudos para limitar el acceso a información delicada sin justificación clara ni controles estrictos.
Otra preocupación es la posible duplicidad entre causales que abarcan ámbitos similares, desde la protección del debido proceso hasta la protección de procedimientos administrativos. Esta superposición puede complicar la evaluación y aumentar la discrecionalidad para reservar información, dificultando la transparencia efectiva.
Además, algunas causales parecen diseñadas para proteger a servidores públicos durante investigaciones o procedimientos disciplinarios, lo que, sin mecanismos de supervisión independientes, podría favorecer la opacidad y la falta de rendición de cuentas.
La ampliación de causales es fundamental para que el Estado proteja información que, de divulgarse, cause daño real a la seguridad pública, la administración de justicia o los derechos humanos. El problema radica en que la redacción abierta y la ausencia de un órgano garante autónomo como el extinto ICAI podrían derivar en un uso abusivo o excesivo de estas excepciones.
Coahuila forma parte del grupo de 23 estados que ya reformaron sus leyes en esta materia, replicando el modelo promovido desde el nivel federal.
De acuerdo con lo establecido en los dictámenes aprobados, las funciones que anteriormente desempeñaba el órgano autónomo local fueron transferidas a un nuevo ente subordinado al Ejecutivo estatal, conocido como Transparencia para el Pueblo de Coahuila, adscrito a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. Esta dependencia será ahora responsable de resolver los recursos de revisión relacionados con solicitudes de acceso a la información dirigidas al Poder Ejecutivo y a los municipios del estado.
El nuevo modelo también contempla que los órganos internos de control del Poder Legislativo, del Poder Judicial y de los organismos autónomos sean los encargados de resolver quejas y denuncias por presuntas violaciones al derecho de acceso a la información en sus respectivas instancias. De esta forma, la estructura estatal en materia de transparencia queda fragmentada en múltiples autoridades garantes.
Para Gabriel Espinoza, especialista en Transparencia y Datos Personales, este diseño institucional conlleva riesgos de dispersión administrativa y afectación al acceso efectivo a la información. “Me parece que ahorita hay menos incentivos para ejercer el derecho de acceso a la información. Preocupa la plataforma nacional de transparencia: ¿cómo va a operar con las autoridades garantes a nivel local? Antes tenía que conectar 32 entidades, y ahora vas a tener que multiplicar, suponiendo que son por lo menos 13 autoridades garantes por estado”, advirtió.
En cuanto a las sanciones, se establece que las contralorías o el organismo de Transparencia para el Pueblo estatal podrán imponer multas de hasta mil quinientas veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (169 mil 710 pesos en 2025) a los sujetos obligados que no entreguen información, no cumplan con las resoluciones, no actualicen sus obligaciones de transparencia o nieguen de forma deliberada el acceso a datos públicos.
En este nuevo modelo, los ciudadanos que deseen impugnar las resoluciones de las autoridades garantes estatales deberán presentar amparos ante los tribunales especializados en transparencia. Según lo dispuesto por el Acuerdo General 8/2025 del Consejo de la Judicatura Federal, los tribunales habilitados en Aguascalientes conocerán de estos juicios, lo que añade un componente geográfico y procedimental al proceso de defensa del derecho a saber.
Organizaciones como Fundar han cuestionado que la transferencia de estas funciones a dependencias del Ejecutivo compromete la independencia institucional y genera dudas sobre la imparcialidad de los procesos. “Será juez y parte al decidir si entrega o no la información”, expresó el organismo en su análisis de la reforma federal replicada por las entidades. Con información de Fernanda Palacios
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