Ciudad de México, 08/09/26 (Más).- Trabajadores de Uber denunciaron que la plataforma registra ante las autoridades ingresos inferiores a los que realmente perciben sus conductores y repartidores, debido a que no incorpora los incentivos y la cuota de solicitud en el salario base de cotización, situación que, aseguran, afecta su cobertura ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el acceso a prestaciones como las otorgadas por el Infonavit.
De acuerdo con información de Animal Político, trabajadores de la aplicación señalaron que Uber calcula el ingreso reportado ante el Seguro Social a partir de un monto bruto generado por el tiempo laborado y los viajes realizados, sin incluir algunos conceptos que forman parte de las percepciones obtenidas durante la prestación del servicio.
Los empleados explicaron que entre los conceptos excluidos se encuentran los incentivos, considerados por la empresa como bonos que pueden obtenerse al cumplir con determinado número de viajes o entregas durante un periodo, así como la cuota de solicitud, un cargo fijo que se cobra a los usuarios para cubrir costos operativos e iniciativas relacionadas con seguridad.
Uno de los casos documentados muestra la diferencia entre los ingresos obtenidos y los registrados ante el IMSS. Un conductor recibió un total de 7 mil 946 pesos, pero la cantidad reportada ante el instituto fue de 6 mil 523 pesos, debido a que no se incorporaron 776.87 pesos correspondientes a incentivos y 646.12 pesos por concepto de cuota de solicitud.
Los trabajadores sostienen que la exclusión de estos ingresos reduce el salario sobre el cual se calculan sus aportaciones y prestaciones, lo que puede repercutir en la cobertura de seguridad social y en otros derechos vinculados con el ingreso registrado, entre ellos el acceso a servicios y prestaciones del Infonavit.
El criterio del IMSS sobre los bonos de productividad establece que estos conceptos pueden formar parte del salario base de cotización cuando están vinculados directamente con la prestación del servicio o el desempeño laboral. El criterio número 02/2023/NV/SBC-LSS-27-IV señala que, si los trabajadores no laboran y por ello no reciben dichas percepciones, los bonos tienen relación con el trabajo realizado y deben integrarse al salario base de cotización.
En el caso de Uber, su contrato modelo establece que el Monto Bruto Generado comprende el pago correspondiente a cada viaje y el reembolso de un porcentaje de los costos operativos en los que incurre el trabajador de plataforma durante la prestación de sus servicios.
El documento también señala que los incentivos son determinados por la empresa y pueden recibirse durante el tiempo efectivo laborado, además de quedar reflejados en la plataforma digital. El contrato precisa que la participación de los trabajadores en las dinámicas para acceder a esos incentivos es libre, opcional y voluntaria.
Respecto de la cuota de solicitud, la empresa señala que su monto varía dependiendo de cada viaje y que para determinarlo se consideran factores como la ciudad de origen y la distancia recorrida. Los trabajadores, por su parte, sostienen que este concepto tampoco es incorporado al monto que se utiliza para determinar el ingreso reportado ante el IMSS.
Según las denuncias, los incentivos representan alrededor de 10 por ciento de los ingresos considerados en sus cálculos, mientras que la cuota de solicitud puede representar entre 10 y 15 por ciento. La exclusión de ambos conceptos genera, de acuerdo con los trabajadores, una diferencia entre el dinero efectivamente generado y el salario utilizado para determinar sus cotizaciones.
Consultada por Animal Político sobre los señalamientos, Uber respondió que la regulación aplicable a los trabajadores de plataformas digitales es nueva y técnicamente compleja. La empresa indicó que continúa actualizando sus procesos y trabajando para garantizar la correcta implementación de las disposiciones correspondientes.
La discusión ocurre después de la incorporación de los trabajadores de plataformas digitales a un esquema de seguridad social, que busca establecer mecanismos para que quienes laboran mediante aplicaciones puedan acceder a derechos y prestaciones derivados de su actividad.
De acuerdo con el Segundo Informe de Gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum, entre enero y junio de 2026 se registraron 9 millones 853 mil 538 personas trabajadoras de plataformas digitales. De ese universo, únicamente un millón 52 mil 653 alcanzaron el ingreso mínimo establecido para acceder a la seguridad social.
Las cifras oficiales implican que más de 8 millones de trabajadores registrados durante ese periodo no alcanzaron el ingreso mínimo para acceder a la cobertura total de la seguridad social. Sin embargo, la información gubernamental no desglosa cuántas de esas personas corresponden a cada plataforma, por lo que no permite determinar el número específico de trabajadores de Uber involucrados en esta situación.
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