Ciudad de México, 16/02/26 (Más).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el requisito que obligaba a ser mexicano por nacimiento y no contar con otra nacionalidad para ocupar la titularidad de la Auditoría Superior del Estado de Durango, al considerar que dicha exigencia carece de sustento constitucional y vulnera el acceso equitativo a cargos públicos.
El Pleno del máximo tribunal resolvió que el Congreso local excedió sus facultades al establecer esta condición en la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado, al imponer una restricción que no está prevista en la Constitución federal ni en leyes del Congreso de la Unión.
La Corte determinó que reservar el cargo únicamente a mexicanos por nacimiento generaba una distinción injustificada y podía derivar en un trato discriminatorio, ya que solo la Constitución y la legislación federal pueden establecer limitaciones de este tipo para determinados puestos públicos, lo que no ocurre en el caso de la Auditoría Superior estatal.
Con esta resolución, se invalidó una porción del artículo 97, fracción I, de la legislación local, por lo que a partir de ahora bastará con ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos para aspirar al cargo.
La decisión abre la posibilidad de que personas mexicanas por naturalización o con doble nacionalidad puedan encabezar el órgano fiscalizador, siempre que cumplan los demás requisitos legales.
El fallo también ordena notificar al Congreso del Estado de Durango para que armonice su normativa conforme al criterio constitucional fijado.
La determinación reafirma que los congresos estatales no pueden imponer restricciones adicionales al acceso a empleos públicos sin un mandato expreso de la Constitución, incluso cuando se trata de posiciones estratégicas vinculadas al control del gasto público.
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