La participación social, pilar de la justicia abierta, es uno de los más complejos en cuanto al diseño de mecanismos que logren su implementación efectiva, pues requiere la participación de la sociedad de manera activa y la voluntad de los tribunales de escuchar a la sociedad.
Por: María G. Silva Rojas @MariaSilvaTE @TEPJF_EJE
/Animal Político
Estas son, parafraseadas, algunas de las reflexiones expresadas en diversos observatorios de sentencias de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), donde realizamos anualmente un observatorio en el marco del Día Internacional de las Mujeres enfocado en sentencias relacionadas con los derechos de las mujeres y otro en el marco del Día Internacional de los Pueblos Indígenas sobre resoluciones relacionadas con los derechos de pueblos y comunidades indígenas y originarios y sus integrantes:
- Cuando en las demandas que presenta un colectivo ostentándose como integrantes de un pueblo indígena u originario alguno de los nombres de las personas actoras carece de firma no es porque no sea su voluntad impugnar. Si no fuera su voluntad no pondríamos sus nombres. Esos nombres no tienen firmas porque a veces es muy difícil conseguir todas las firmas, la gente vive en lugares retirados y tenemos poco tiempo para que la firmen todas las personas involucradas en la impugnación.
- Tratándose de casos de violencia política contra las mujeres por razón de género, ¿han considerado no revocar para efectos aunque sea lo técnicamente procedente?Es especialmente grave para las mujeres víctimas de VPMRG esperar varias revocaciones antes de tener una resolución definitiva.
- Juzgar con perspectiva interculturaldebe llevar a los tribunales a considerar que los usos y costumbres y el sistema normativo interno de los pueblos no son fijos, cambian con el tiempo y con las circunstancias.
- Los marcos normativos y teóricos no deben ser mero adorno, hay que vincularlos con el estudio que se haga del caso.
- Para que una sentencia se emita con perspectiva de género, intercultural o interseccional no basta con enunciarlo en algún apartado especial, es necesario que en el estudio de los agravios se advierta cómo incide esa perspectiva, ¿cuál es el efecto de aplicarla?, ¿qué es lo que varía a si no se hubiera usado?
- ¿Han considerado que cuando en algún caso sea posible advertir la existencia de VPMRG se estudie aunque no sea motivo de agravio?
- Cuando se juzguen asuntos en que las actoras sean mujeres debe considerarse la brevedad de los plazos en esta materiay que, en muchos casos, la doble carga que tienen les impacta de manera diferenciada que a los hombres para la interposición de las demandas, o sea, en el acceso a la justicia.
- Cuando se vincule a una autoridad, organización, etc. ¿no se ha considerado vincular también al Congreso del Estado correspondiente a asignar un presupuesto para las acciones a desarrollar?
A estos observatorios invitamos a personas de la academia, sociedad civil organizada, activistas, litigantes e integrantes de los grupos en situación de vulnerabilidad cuyos derechos eran el objeto de las sentencias –entre otras personas– y les pedimos que nos compartan sus comentarios y reflexiones respecto a algunas sentencias previamente seleccionadas por la Sala Regional, haciendo hincapié en que buscamos una crítica constructiva de nuestro trabajo para adquirir herramientas nuevas que nos lleven a mejorar la impartición de la justicia en la IV Circunscripción.
Sus reflexiones nos ayudan a repensar el trabajo que hacemos desde perspectivas diversas a las que tiene el propio personal de la Sala Regional, nos permiten ver ángulos distintos a aquellos con los que enfocamos los asuntos sometidos a escrutinio y ampliar la óptica con la que analizamos casos futuros.
Estos observatorios los llevamos a cabo en un ambiente cerrado –solamente tienen acceso el personal de la Sala Regional y, en su caso, el personal de otras áreas de la Sala Superior cuando se organizan en conjunto– pues después de varios ejercicios nos dimos cuenta de que si se hacen así el diálogo es más franco y, además de las reflexiones, se exponen con mayor franqueza críticas constructivas que nos ayudan a detectar posibilidades de mejora de nuestro trabajo.
Con la realización de estos observatorios, la Sala Regional refrenda su compromiso con la justicia abierta, uno de cuyos pilares es la participación social. Este pilar es uno de los más complejos en cuanto al diseño de mecanismos que logren su implementación efectiva pues requiere la participación de la sociedad de manera activa –aunque no sea a través de la decisión de casos concretos– y la voluntad de los tribunales de escuchar a la sociedad.
Va desde aquí mi agradecimiento al personal de la Sala, tanto a quienes han sugerido sentencias para ser comentadas como a quienes asisten a los observatorios con la mente abierta a recibir críticas y repiensan el trabajo que hacemos con base en los comentarios recibidos y a las más de 80 personas que han participado comentando sentencias de la SRCDMX en los observatorios que hemos organizado. Pueden tener la certeza de que todas sus aportaciones han motivado reflexiones al interior de la sala acerca de cómo mejorar el servicio de impartición de justicia en la IV Circunscripción.
* María G. Silva Rojas (@MariaSilvaTE) es magistrada presidenta de la Sala Regional Ciudad de México (@TEPJF_SRCDMX).
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