Por Zitamar Arellano Trueba
Saltillo, Coahuila, 03/03/2026.- Un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), emitido en octubre de 2016, eliminó del Código Electoral de Coahuila los únicos dos requisitos que, hasta entonces, funcionaban como un filtro de seguridad para aspirantes a cargos de elección popular: la carta de antecedentes penales y el certificado médico de la prueba antidoping.
Casi una década después, en un contexto de riesgos de seguridad en México y tras diversos casos que han generado escándalo en la opinión pública al evidenciar cómo el crimen organizado se ha infiltrado en gobiernos —como el caso de Tequila, Jalisco—, en Coahuila se plantea la necesidad de reformar nuevamente la norma para cerrar la puerta a personas vinculadas con el narco o la delincuencia, que carezcan de sus facultades mentales o que sean consumidoras de drogas.
La última vez que el Código Electoral de Coahuila exigió a los candidatos la carta de antecedentes penales y el certificado antidoping fue en la reforma de agosto de 2016; sin embargo, apenas tres meses después la Corte modificó la norma para eliminar ambos requisitos, al considerar que eran excesivos y violaban el derecho de las personas a ser votadas.
En el expediente del juicio de inconstitucionalidad promovido por Morena, PAN, PRD y Partido Joven, la Corte analizó el artículo 10, párrafo 1, inciso f), del decreto original de 2016, que exigía a quienes buscaran la gubernatura, una diputación local o un cargo en un ayuntamiento presentar la declaración patrimonial, fiscal y de no conflicto de intereses, además de la carta de antecedentes penales y el certificado antidoping. El fallo invalidó únicamente la porción referente a estos dos últimos documentos.
El argumento central de la SCJN fue que dichas exigencias constituían una restricción injustificada al derecho a ser votado, porque no eran cargas directamente encaminadas a acreditar las calidades legales para ejercer el cargo. En otras palabras, el tribunal sostuvo que la autoridad electoral no puede imponer requisitos de registro que no estén vinculados de forma razonable, constitucional y proporcional con la elegibilidad de una candidatura.
Desde entonces, el Código Electoral vigente de Coahuila ya no exige ni carta de no antecedentes penales ni certificado antidoping, lo que podría tener consecuencias en un contexto de inseguridad y de asedio del crimen organizado que busca penetrar en los gobiernos.
El Código Electoral de Coahuila conserva otros filtros, como estar inscrito en el padrón electoral, separarse de ciertos cargos públicos en los plazos legales, presentar la declaración patrimonial, fiscal y de no conflicto de intereses, y no encontrarse en supuestos de inelegibilidad por violencia contra las mujeres o por ser deudor alimentario moroso. Sin embargo, no existe un requisito específico que impida el registro de personas vinculadas con la delincuencia, consumidoras de drogas o con afectaciones en sus facultades mentales, aspectos que generan preocupación en el Estado.
Estos requisitos tampoco se restablecen en otras normas, ni en la Constitución local ni en la federal. Lo que sí se mantiene son otros candados: para la gubernatura, el artículo 76 establece, entre otras condiciones, no haber sido condenado por robo, fraude, abuso de confianza, falsificación u otro delito infamante; además, en general subsisten reglas sobre la suspensión de derechos ciudadanos cuando existe sentencia o pena corporal.
En este sentido, una persona vinculada al crimen organizado, con adicciones o con enfermedades mentales que afecten su desempeño podría convertirse en candidata sin que la ley o la autoridad electoral tengan herramientas para examinar su situación e impedirlo.
Aunque el gobernador del estado ha planteado la preocupación de incorporar a la legislación electoral filtros que impidan que este tipo de perfiles lleguen al poder, hasta ahora no se ha definido una ruta para adecuar la norma tomando en cuenta el fallo de la SCJN de 2016. De hecho, el propio mandatario señaló que aún no sabe si enviará una iniciativa con esta reforma al Congreso.
Existe, por tanto, conciencia sobre una legislación laxa que podría permitir el acceso de perfiles indeseables a cargos públicos, pero todavía no se ha delineado un camino para corregirla.
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