Ciudad de México, 18/03/26 (Más).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la extinción de diversos fondos y fideicomisos públicos impulsada en 2020 por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, al determinar por mayoría de siete votos que la medida es constitucional y no vulnera derechos fundamentales, ya que las obligaciones del Estado permanecen vigentes mediante el presupuesto público.
De acuerdo con información de Animal Político, el fallo se basó en el proyecto presentado por el ministro Arístides Rodrigo Guerrero García, quien sostuvo que la eliminación de estos mecanismos financieros no implica la desaparición de apoyos o programas, sino un cambio en la forma en que se administran los recursos públicos.
La resolución del máximo tribunal rechazó la acción de inconstitucionalidad promovida por senadoras de oposición, quienes argumentaron que la desaparición de los fideicomisos afectaría derechos como el acceso a la cultura, la protección del medio ambiente, la libertad de expresión y la atención a víctimas. Sin embargo, la Corte concluyó que estos instrumentos eran únicamente mecanismos auxiliares del Poder Ejecutivo y que su eliminación responde a una decisión válida de política pública.
En ese sentido, la resolución señala que los recursos anteriormente canalizados a través de fideicomisos ahora serán ejercidos directamente por las dependencias federales mediante el presupuesto anual aprobado. Por ejemplo, la Secretaría de Gobernación deberá contemplar recursos para la protección de periodistas y defensores de derechos humanos, mientras que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas será responsable de cubrir reparaciones y apoyos económicos a víctimas con cargo a su presupuesto.
Asimismo, los fondos destinados a desastres naturales, previamente administrados por el Fonden, serán integrados en previsiones del Presupuesto de Egresos, y sectores como el cine, el deporte y el medio ambiente recibirán financiamiento a través de instituciones como el Imcine, la Conade y la Semarnat.
El fallo también descartó irregularidades en el proceso legislativo que dio origen al decreto, al considerar que cualquier posible falla fue subsanada durante la discusión y votación en el Congreso de la Unión, donde se garantizó la participación de todas las fuerzas políticas.
Las ministras María Estela Ríos González y Yasmín Esquivel Mossa votaron en contra al considerar que la acción de inconstitucionalidad debía declararse improcedente en su totalidad. Por su parte, el ministro Giovanni Figueroa Mejía, aunque respaldó el proyecto, expresó reservas respecto a la eliminación de la obligación de asegurar presupuestos suficientes para garantizar derechos económicos, sociales y culturales, al advertir que se trata de una obligación que se desprende tanto de la Constitución como de los compromisos internacionales que ha adquirido el Estado mexicano.
El origen del caso se remonta a noviembre de 2020, cuando el Gobierno federal publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación para eliminar 109 fideicomisos que concentraban más de 106 mil millones de pesos, bajo el argumento de que eran instrumentos opacos y poco fiscalizables. La impugnación fue promovida por legisladores de oposición, y su discusión en la Corte fue pospuesta en 2024 antes de resolverse finalmente en la actual integración del tribunal.
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