Por Zitamar Arellano Trueba
Saltillo, Coahuila 30/03/26 (Más).- A petición del gobernador, el Congreso del Estado creó una nueva figura de financiamiento de obra pública mediante la cual básicamente pide fiado a la iniciativa privada, se constituyen empresas nuevas dedicadas sólo a ejecutar las obras ya asignadas y se generan compromisos de pago con plazo definido mediante un nuevo certificado de avance de obra.
La reforma a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados abre la puerta a que ciertas obras no se paguen de inmediato con dinero ya disponible en la caja gubernamental, sino bajo un esquema en el que una empresa privada pone primero el capital para arrancar y desarrollar el proyecto, y el gobierno le va pagando después en parcialidades previamente pactadas.
En términos prácticos, el Estado podrá construir hoy y liquidar después, con fechas, montos y condiciones definidas desde el contrato.
El cambio central es la incorporación de la modalidad de “obra pública financiada” con pagos a plazos preestablecidos. Eso significa que la obra podrá ejecutarse aunque el gobierno no desembolse todo al inicio, pues la inversión inicial corre por cuenta del contratista o de la estructura financiera que éste arme para el proyecto.
La apuesta oficial es que así se puedan acelerar obras de infraestructura, sobre todo carretera y urbana, sin esperar a reunir por adelantado todos los recursos públicos.
Una de las piezas nuevas de este modelo es la llamada sociedad o vehículo de propósito específico. Se trata de una empresa creada exclusivamente para una obra concreta. No sería una constructora común haciendo varios trabajos al mismo tiempo, sino una persona moral armada sólo para ese proyecto, con el fin de firmar el contrato, administrar el financiamiento y encargarse de la ejecución.
La lógica, de acuerdo a la reforma planteada por el gobernador al Congreso, es aislar cada obra en una estructura propia, tanto legal como financieramente.
La otra novedad clave son los certificados de avance de obra. Estos funcionarían como documentos que acreditan que una parte del proyecto ya fue ejecutada y, por lo tanto, que existe una obligación de pago. Serían una especie de comprobante formal con el entendido de que ya se construyó esta parte de la obra y es momento de pagarla conforme al plan acordado.
La reforma además deja claro que esos certificados podrán cederse, es decir, transferirse, para facilitar operaciones financieras relacionadas con el proyecto.
Según la exposición del dictamen, el gobierno justifica esta reforma con el argumento de que Coahuila necesita mecanismos más flexibles para ejecutar infraestructura y atraer participación del sector privado y de la banca de desarrollo.
Antes de esta reforma, Coahuila ya tenía varios caminos para financiar obra pública. El más básico era hacerla con dinero ya presupuestado por el Estado o los municipios; otro era contratar deuda pública, es decir, pedir crédito formal y pagarlo después con cargo a las finanzas públicas.
También existían las asociaciones público-privadas (APP), que permiten desarrollar proyectos de mediano o largo plazo con participación de empresas privadas y distintos esquemas de pago: con recursos públicos, con cobros a usuarios o con modelos mixtos. Además, la Ley de Cooperación para Obras Públicas prevé que, en ciertas obras, los propios beneficiarios aporten parte del costo.
Lo nuevo de la reforma es meter dentro de la Ley de Obras Públicas una modalidad más específica: la “obra pública financiada”.
También sostiene que el esquema distribuye mejor el gasto en varios ejercicios fiscales, reduce parte de la carga de construcción para el Estado y da mayor certidumbre jurídica a quienes participen en los proyectos.
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