Saltillo, Coahuila, 10 de marzo de 2026 (Más).- El Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que los spots del Partido del Trabajo (PT) en los que se afirma que el Congreso de Coahuila “está secuestrado por el PRI” no constituyen calumnia, por lo que rechazó ordenar su retiro durante el actual proceso electoral en la entidad.
La resolución fue emitida por la Comisión de Quejas y Denuncias del organismo electoral tras analizar una denuncia presentada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra del PT y de su dirigente estatal, Ricardo Mejía Berdeja, por la difusión de promocionales en radio y televisión durante la precampaña.
El partido tricolor sostuvo que dichos materiales incluían expresiones calumniosas al señalar que el Congreso local se encuentra bajo control del PRI, por lo que solicitó el dictado de medidas cautelares para suspender su transmisión. Sin embargo, por unanimidad de votos, los integrantes de la Comisión consideraron improcedente la solicitud.
De acuerdo con el análisis preliminar del órgano electoral, la frase denunciada puede interpretarse como una crítica política dentro del debate público y no como la imputación directa de un delito basado en hechos falsos. En ese sentido, el INE concluyó que el contenido de los promocionales está protegido por el principio de libertad de expresión que rige en los procesos electorales. (Central Electoral)
El organismo explicó que las expresiones incluidas en los mensajes pueden considerarse opiniones o valoraciones del emisor del spot, aun cuando se trate de señalamientos duros o polémicos, siempre que no se atribuya de forma clara y específica la comisión de un delito a una persona o partido político.
Además, la Comisión precisó que su resolución se refiere únicamente a la procedencia de las medidas cautelares solicitadas, mientras que el análisis de fondo del caso corresponde a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Durante la misma sesión, la Comisión de Quejas y Denuncias también resolvió un segundo asunto relacionado con la integración del personal electoral en el proceso en curso.
En este caso, se analizó la situación de tres personas que se encontraban en la lista de reserva para desempeñarse como Capacitador Asistente Electoral (CAE), quienes fueron identificadas como militantes del PRI.
Aunque los involucrados presentaron escritos en los que desconocían su afiliación partidista, el propio partido exhibió los formatos de afiliación correspondientes. Tras revisar la documentación, la Comisión concluyó que la inscripción se realizó de manera voluntaria.
Por ello, el órgano electoral determinó que su participación como CAE podría comprometer los principios de imparcialidad e independencia que deben regir las tareas de capacitación y asistencia electoral. En consecuencia, ordenó impedir su contratación y, en caso de que ya hubieran sido incorporados, rescindir sus contratos.
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